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Documento BOE-A-1983-11601

Corrección de erratas del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Defensor del Pueblo, aprobado por las Mesas del Congreso y del Senado, a propuesta del Defensor del Pueblo, en su reunión conjunta de 6 de abril de 1983.

Publicado en:
«BOE» núm. 97, de 23 de abril de 1983, páginas 11389 a 11389 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Cortes Generales
Referencia:
BOE-A-1983-11601
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/reg/1983/04/06/(1)/corrigendum/19830423

TEXTO ORIGINAL

Padecido error en la inserción del mencionado Reglamento, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 92, de fecha 18 de abril· de 1983, páginas 10620 a 10622, se transcribe a continuación la oportuna rectificación:

Artículo 1.°, punto 2, donde dice: «El Defensor del Pueblo no estará sujeto a mandato imperativo alguno. No recibirá instrucciones de ninguna autoridad y no podrá ser detenido, expedientado, multado, perseguido o»; debe decir: «El Defensor del Pueblo no estará sujeto a mandato imperativo alguno. No recibirá instrucciones de ninguna autoridad y desempeñará sus funciones con autonomía y según su criterio.»

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 23/04/1983
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de erratas del Reglamento de 6 de abril de 1983 (Ref. BOE-A-1983-10613).
Materias
  • Defensor del Pueblo

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