Recurso de inconstitucionalidad número 367/1983, promovido por el Presidente del Gobierno contra la Ley 1/1983, de 18 de febrero, del Parlamento de Cataluña.
Publicado en:
«BOE» núm. 141, de 14 de junio de 1983, páginas 16506 a 16506 (1 pág.)
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ANÁLISIS
Rango: Providencia
Fecha de disposición: 31/05/1983
Fecha de publicación: 14/06/1983
Suspende, desde el 14 de junio, la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados y, desde el 25 de mayo, para las partes legitimadas.
Referencias posteriores
SE DICTA en el mismo y se declara la inconstitucionalidad de los arts. 17.2, 21, 25 párrafo 2 y 34 letras C) y D) apartado 3 y la constitucionalidad del art. 33 en los términos del FJ 8, por Sentencia de 1 de julio de 1986 (Ref. BOE-T-1986-19761).
SE DECLARA el mantenimiento de la suspensión de los preceptos imppugandos , por Auto 367/1983, de 10 de noviembre (Ref. BOE-A-1983-31094).
Referencias anteriores
Recurso planteado en relación con determinados preceptos de la Ley 1/1983, de 18 de febrero (Ref. BOE-A-1983-7653).