Advertidos errores en el texto de la citada Orden, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 159, de fecha 5 de julio de 1983, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
Parte expositiva, página 18679, primera columna, línea ocho, donde dice: «... Tratados por el calor, previniéndose en la...», debe decirse: «... Tratados por el calor, previéndose en la...».
Disposición tercera, página 18679, primera columna, donde dice: «... exclusivamente serán comercializadas en el mercado...», debe decir: «... exclusivamente serán comercializados en el mercado...».
Disposición sexta, página 18679, segunda columna, donde dice: «... el terirtorio nacional...», debe decir: «... el territorio nacional...».
Anejo 1, página 18680, segunda columna, donde dice:
«Colorantes: Dosis máximas de colorantes artificiales (sólo para fiambres) |
300 p.p.m.», |
debe decir:
«Colorantes:
Dosis máximas de colorantes artificiales
(sólo para fiambres), 300 p.p.m.».
Anejo 1, página 18681, primera columna, apartado 10.2, donde dice: «... parámetros analíticose:», debe decir «... parámetros analíticos:».
Anejo 1, página 18681, primera columna, apartado 11, donde dice: «Tolerancia de peso», debe decir: «Tolerancias de peso».
Anejo 1, página 18681, segunda columna, primera línea, donde dice: «... to 2858/1982, de...», debe decir: «... to 2058/1982, de...».
Anejo 2, página 18683, primera columna, línea.–12, donde dice:
«Colorantes: Dosis máximas de colorantes artificiales (sólo para fiambres) |
300 p.p.m.», |
debe decir:
«Colorantes:
Dosis máximas de colorantes artificiales
(sólo para fiambres), 300 p.p.m.».
Anejo 2, página 18683, primera columna, línea –8, donde dice: «E.102 Tartracina (Amarilla A-2)», debe decir: «E.102 Tartracina (Amarillo A-2)».
Anejo 2, página 18684, primera columna, apartado 12, donde dice: «... Real Decreto 2858/1982, de...», debe decir: «... Real Decreto 2058/1982, de...».
Anejo 2, página 18684, primera columna, apartado 12.1.4.2, tercer párrafo, donde dice: «... o con dígitos del 01 al 12) que...», debe decir: «... o con dos dígitos (del 01 al 12) que...».
Anejo 2, página 18684, segunda columna, apartado 12.1.6, donde dice: «Se hará constar...», debe decir: «Se harán constar»....
Anejo 2, página 18684, segunda columna, apartado 12.1.8, donde dice: «... identificación. Los fabicantes...», debe decir: «... identificación. Los fabricantes...».
Anejo 3, página 18685, primera columna, apartado 4, donde dice: «... y ligamentos, salmuera, opcionalmente...», debe decir: «.... y ligamentos, salmuerizada, opcionalmente...».
Anejo 3, página 18685, primera columna, apartado 7, donde dice: «... con el artículo 2.º,2 del Decreto...», debe decir: «... con el artículo.».
Anejo 3, página 18685, segunda columna, apartado 5.2.2.4, donde dice: «... máxima conjunta. Igual o inferior...», debe decir: «... máxima conjunta, igual o inferior...»
Anejo 3, página 18685, primera columna, apartado 7, donde dice: «Estabilizadores, emulsionantes.», debe decir: «Estabilizadores, emulsionantes:».
Anejo 3, página 18685, final primera columna, donde dice:
Azúcares |
5,0 % |
|
Dextrinas y derivados |
1,5 % |
|
Gelatina |
B. P. F. |
|
E-420. Sorbitol |
B. P. F. |
|
E-421. Manitol |
B. P. F. |
|
E-422. Glicerol |
B. P, F. |
|
E-405. Alginato de propilengicol |
1,0 % |
|
Gelificantes y gomas. |
|
|
E-400. Ácido algínico |
1,0 % |
|
E-401. Alginato de sodio |
1,0 % |
|
E-402. Alginato de potasio |
1,0 % |
|
E-406. Agar-agar |
1,0 % |
Máximo total de gelificantes y gomas, 1 por 100 |
E-407. Carragenatos y carregeninas |
1,0 % |
|
E-404. Goma de garrofín |
1,0 % |
|
E-412. Harina de guar o goma guar |
0,5 % |
|
E-415. Goma xantana |
1,0 % |
|
Debe decir:
Azúcares |
5,0 % |
|
Dextrinas y derivados |
1,5 % |
|
Gelatina |
B. P. F. |
|
E-420. Sorbitol |
B. P. F. |
|
E-421. Manitol |
B. P. F. |
|
E-422. Glicerol |
B. P. F. |
|
E-405. Alginato de propilengicol |
1,0 % |
|
Gelificantes y gomas. |
|
|
E-400. Ácido algínico |
1,0 % |
|
E-401. Alginato de sodio |
1,0 % |
|
E-402. Alginato de potasio |
1,0 % |
|
E-406. Agar-agar |
1,0 % |
Máximo total de gelificantes y gomas, 1 por 100 |
E-407. Carragenatos y carrageninas |
1,0 % |
|
E-140. Goma de garrofín |
1,0 % |
|
E-412. Harina de guar o goma guar |
0,5 % |
|
E-415. Goma Xantana |
1,0 % |
|
Anejo 3, página 18686, primera columna, linea 1, donde dice:
«Polifosfatos.», debe decir: «Polifosfatos:».
Anejo 3, página 18686, primera columna, línea 12, donde dice: «Antioxidantes.», debe decir: «Antioxidantes:».
Anejo 3, página 18686, primera columna, líneas 15 y 16, donde dice:
E-270. |
Ácido láctico y sus sales |
B. P. F. |
E-330. |
Ácido cítrico y sus sales |
B. P. F. |
Debe decir:
E-270. |
Ácido láctico y sus sales |
B. P. F. |
E-330. |
Ácido cítrico y sus sales |
B. P. F. |
Anejo 3, página 18686, primera columna, líneas 16 a 28, donde dice:
Modificadores organolépticos. |
|
Glutamato monosódico y ácido glutámico |
2.000 p. p. m. |
Ácido guanílico y sales de sodio y potasio |
500 p. p. m. |
Ácido inosínico y sales de sodio y potasio |
500 p. p. m. |
Aromas naturales |
B. P. F. |
Aromas artificiales (listas positivas) |
B. P. F. |
Extractos y oleorresinas |
B. P. F. |
Hidrolizado de proteínas |
0,5 % |
Hidrolizado de levaduras |
B. P. F. |
Extracto de humo |
B. P. F. |
Colorantes: Dosis máximas de colorantes artificiales (sólo para fiambres) |
300 p. p. m. |
Debe decir:
Modificadores organolépticos: |
|
Glutamato monosódico y ácido glutámico |
2.000 p. p. m. |
Ácido guanílico y sales de sodio y potasio |
500 p. p. m. |
Ácido inosínico y sales de sodio y potasio |
500 p. p. m. |
Aromas naturales |
B. P. F. |
Aromas artificiales (listas positivas) |
B. P. F. |
Extractos y oleorresinas |
B. P. F. |
Hidrolizalo de proteínas |
0,5 % |
Hidrolizado de levaduras |
B. P. F. |
Extracto de humo |
B. P. F. |
Colorantes: |
|
Dosis máximas de colorantes artificiales (sólo para fiambres) |
300 p. p. m. |
Anejo 3, página 18686, segunda columna, apartado 12, donde dice «...en el Real Decreto 7858/1982, de ...», debe decir: «...en el Real Decreto 2058/1982, de...».
Anejo 1, página 18680, apartado 6, cuadro, donde dice:
Enterobacteriaceae. Totales |
con tratamiento térmico |
Máx. 1 × 103 col/g |
debe decir:
Enterobacteriaceae. Totales |
con tratamiento térmico |
Máx. 1 × 102 col/g |
Anejo 1, página 18680, segunda columna, línea – 30, donde dice: «Antoxidantes», debe decir: «Antioxidantes».
Anejo 1, página 18680, segunda columna, línea – 22, donde dice: «Ácido inosílico y...», debe decir, «Ácido inosínico y...».
Anejo 1, página 18681, apartado 12.1.6, donde dice: «–Se hará constar...», debe decir: «...–Se harán constar...».
Anejo 2, página 18682, cuadro, primera columna, donde dice: «Entorobacteriaceae totales», debe decir: «Enterobacteriaceae totales».
Anejo 2, página 18683, primera columna, linea – 26, donde dice: «E.300. Ac. l. ascórbicos y/o», debe decir: «E.300. Ac. l. ascórbico y/o».
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