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Documento BOE-A-1984-10501

Real Decreto 895/1984, de 11 de abril, complementario del Real Decreto 1231/1983, de 20 de abril, que estableció la sujeción a normas técnicas de los aparatos electromédicos para monitorización de la vigilancia intensiva de pacientes.

Publicado en:
«BOE» núm. 116, de 15 de mayo de 1984, páginas 13405 a 13405 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1984-10501
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1984/04/11/895

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 1231/1983, de 20 de abril, declaró de obligada observancia las normas técnicas sobre aparatos electromédicos para monitorización de la vigilancia intensiva de pacientes que se determinaron por el Ministerio de Industria y Energía y dispuso su preceptiva homologación.

Publicadas las referidas normas, existe en la actualidad un trato desigual para importación respecto de la producción nacional, que es preciso corregir.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Industria y Energía y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 11 de abril de 1984, dispongo:

Artículo único.-Transcurrido el plazo de dos meses, a contar desde la publicación del presente Real Decreto, se prohíbe la fabricación para el mercado interior, la importación y la venta o instalación en cualquier parte del territorio nacional de los aparatos electromédicos para monitorización de la vigilancia intensiva de pacientes que correspondan a tipos de aparatos no homologados o que, aun correspondiendo a modelos ya homologados, carezcan del certificado de conformidad expedido por la Comisión de Vigilancia y certificación del Ministerio de Industria y Energía.

DISPOSICION DEROGATORIA

Quedan derogadas la disposición transitoria y la disposición final del Real Decreto 1231/1983, de 20 de abril, y cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en el presente Real Decreto.

Dado en Madrid a 11 de abril de 1984.-JUAN CARLOS R.-El Ministro de Industria y Energía, Carlos Solchaga Catalán.

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 11/04/1984
  • Fecha de publicación: 15/05/1984
  • Fecha de entrada en vigor: 04/06/1984
Referencias anteriores
  • DEROGA la disposición transitoria y final del Real Decreto 1231/1983, de 20 de abril (Ref. BOE-A-1983-14110).
Materias
  • Energía eléctrica
  • Hospitales
  • Normalización
  • Sanidad

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