Advertidos errores en el texto del mencionado Real Decreto, publicado en el "Boletín Oficial del Estado" número 313, de fecha 31 de diciembre de 1983, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
Artículo 1.°, apartado 3, en la segunda línea, donde dice: "... cónyuge, ascendiente o descendientes ...", debe decir: "... cónyuge, ascendientes o descendientes ...".
Art. 2.°, apartado 2, en la segunda línea, donde dice: "... o en número de socios ...", debe decir: "... o el número de socios ...".
En el mismo artículo, décima línea, donde dice: "tres años, contados desde el momento ...", debe decir: "dos años contados desde el momento ...".
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid