El Tribunal Constitucional, por providencia de 5 de julio corriente, ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 490/1984, promovido por el Gobierno Vasco, contra los artículos 4., apartados 2.a), 2.b, 2.c); 5., apartados 1.a), 1.b), 1.c), 2.a), 2 b), 2.c) 2.d) y 3; 6.; 7.; 8.; 10, apartado 2; 11, apartado 4; 12, apartado 1, y disposición adicional segunda de la Ley 7/1984, de 31 de marzo, del Fondo de Compensación Interterritorial.
Lo que se publica para general conocimiento.
Madrid, 5 de iulio de 1984.--El Secretario de Justicia.
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