Al artículo 6.2)iv): <Trienal> se reemplaza por <bienal>.
Al artículo 6.4)a): <Cada tres años> se reemplaza por <Cada dos años>.
Al artículo 7.2)ii) y 7.2)iii): <Trienal> se reemplaza por <bienal>.
Al artículo 8.3): Se suprime el párrafo iv).
Estas modificaciones entraron en vigor el 25 de mayo de 1984.
Lo que se hace público para conocimiento general.
Madrid, 9 de agosto de 1984.- El Secretario general Técnico, Fernando Perpiñá-Robert Peyra.
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