Vista la propuesta elevada por el Rectorado de la Universidad de Valencia, en orden a la modificación del Plan de Estudios del segundo ciclo correspondiente a la especialidad de <Física fundamental> y a la de <Electricidad, Electrónica e Informática> de la Facultad de Ciencias Físicas de dicha Universidad, aprobado por Orden de 1 de octubre de 1976 (<Boletín Oficial del Estado> de 15 de junio de 1977);
Considerando que se han cumplido las normas dictadas por este Departamento en materia de elaboración de los Planes de Estudios de las Facultades Universitarias; en su virtud y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 37.1 de la Ley 14/1970, de 4 de agosto General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa, y con el informe favorable de la Junta Nacional de Universidades,
Este Ministerio ha dispuesto:
Aprobar la modificación del Plan de Estudios del segundo ciclo de las especialidades de <Física fundamental> y la de <Electricidad, Electrónica e Informática> de la Facultad de Ciencias Físicas de la Universidad de Valencia, aprobado por Orden de 1 de octubre de 1976 (<Boletín Oficial del Estado> de 15 de junio de 1977), en la forma siguiente:
Primero.- En 5. curso de la especialidad de <Física fundamental>, la asignatura Estado sólido tendrá cuatro horas semanales de teoría y tres horas semanales de laboratorio y problemas, a la vez que se añade en la relación de asignaturas optativas de dicha especialidad la asignatura denominada Ampliación del estado sólido, con tres horas semanales de teoría y tres horas semanales de laboratorio y problemas.
Segundo.- En la especialidad de <Electricidad, Electrónica e Informática>, en 4. curso, se introduce como obligatoria la asignatura de Programación, con cuatro horas teóricas semanales y tres prácticas, y en 5. curso, también como obligatoria, la asignatura Calculadoras Electrónicas, con igual número de horas que la anterior, dejando, por consiguiente, de figurar con el carácter de asignaturas optativas que tenían anteriormente.
Tercero.- Las modificaciones a que se refieren los números anteriores no implicarán aumento del gasto público.
Madrid 7 de mayo de 1984.- P. D. (Orden de 27 de marzo de 1982), el Director general de Enseñanza Universitaria, Emilio Lamo de Espinosa.
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