De orden delegada por el excelentísimo señor Ministro, se publica para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos el fallo de la sentencia dictada con fecha 14 de febrero de 1984, por el Tribunal Supremo en el recurso contencioso- administrativo numero 306.590, promovido por "Unión General de Trabajadores, sobre horas extraordinarias cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
"Fallamos: Que rechazando la causa de inadmisibilidad alegada por el Abogado del Estado, y estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Unión General de Trabajadores de España, contra la instrucción de Ministerio de Trabajo, Sanidad y Seguridad Social, por la que se señalan criterios sobre realización de horas extraordinarias para trabajos concretos en determinados días, de fecha 8 de octubre de 1981, debemos anular y anulamos la misma como no ajustada a derecho; sin que proceda, desestimando la pretensión indemnizatoria que se articula en nombre de los asociados posibles perjudicados, hacer expresa condena en cuanto a las costas de este recurso."
Madrid, 3 de mayo de 1984.- El Director general Enrique Horas Poza.
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