ESTABLECIDA LA NUEVA ESTRUCTURA DEL DEPARTAMENTO DE ECONOMIA Y HACIENDA POR EL REAL DECRETO-LEY 22/1982, DE 7 DE DICIEMBRE, QUE CREO LAS SECRETARIAS DE ESTADO DE HACIENDA, ECONOMIA Y PLANIFICACION Y DE COMERCIO, Y POR EL REAL DECRETO 3774/1982, DE 22 DE DICIEMBRE, QUE ESTABLECIO LA ORGANIZACION BASICA DEL MINISTERIO, PROCEDE, POR RAZONES DE EFICACIA EN LA GESTION ADMINISTRATIVA, DELEGAR EN EL INTERVENTOR GENERAL DE LA ADMINISTRACION DEL ESTADO DETERMINADAS ATRIBUCIONES , DE CONFORMIDAD CON LOS DISPUESTO EN EL ARTICULO 22 DE LA LEY DE REGIMEN JURIDICO DE LA ADMINISTRACION DEL ESTADO
EN SU VIRTUD, ESTA SECRETARIA DE ESTADO, PREVIA APROBACION DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y HACIENDA, HA TENIDO A BIEN DISPONER:
1. SE DELEGAN EN EL INTERVENTOR GENERAL DE LA ADMINISTRACION DEL ESTADO LAS SIGUIENTES ATRIBUCIONES :
A) LA AUTORIZACION Y DISPOSICION DE LOS GASTOS ORDINARIOS Y DE TODOS LOS GASTOS INCLUIDOS EN EL PROGRAMA DE INVERSIONES PUBLICAS Y QUE SEAN PROPIOS DE LA INTERVENCION GENERAL DE LA ADMINISTRACION EL ESTADO, ASI COMO LA CORRESPONDIENTE FACULTAD DE CONTRATACION DEL ESTADO LAS SIGUIENTES ATRIBUCIONES:
A) LA AUTORIZACION Y DISPOSICION DE LOS GASTOS ORDINARIOS Y DE TODOS LOS GASTOS INCLUIDOS EN EL PROGRAMA DE INVERSIONES PUBLICAS Y QUE SEAN PROPIOS DE LA INTERVENCION GENERAL DE LA ADMINISTRACION DEL ESTADO, ASI COMO LA CORRESPONDIENTE FACULTAD DE CONTRATACION HASTA EL LIMITE DE 25 MILLONES DE PESETAS
B) LAS FACULTADES DE CONTRATACION REFERIDAS AL SECRETARIO DE ESTADO DE ECONOMIA Y HACIENDA EN LA LEGISLACION DE CONTRATOS DEL ESTADO Y DEL PATRIMONIO DEL ESTADO, CON LOS MISMOS LIMITES FIJADOS EN EL APARTADO ANTERIOR
C)EL NOMBRAMIENTO DE COMISIONES DE SERVICIO CON DERECHO A DIETAS DEL PERSONAL QUE OCUPE PUESTOS DE TRABAJO DEPENDIENTES DE LA INTERVENCION GENERAL DE LA ADMINISTRACION DEL ESTADO
D) LA FIRMA DE LOS CONTRATOS DE PERSONAL EN REGIMEN DE DERECHO LABORAL Y ADMINISTRATIVO A PUESTOS DE TRABAJO DEPENDIENTES DE LA INTERVENCION GENERAL DE LA ADMINISTRACION DEL ESTADO
2. EL EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES DELEGADAS EN VIRTUD DE LA PRESENTE RESOLUCION SE AJUSTARA A LO DISPUESTO EN LA LEY DE REGIMEN JURIDICO DE LA ADMINISTRACION DEL ESTADO DE 26 DE JULIO DE 1957 Y EN LA DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE 17 DE JULIO DE 1958
MADRID, 19 DE DICIEMBRE DE 1983.-EL SECRETARIO DE ESTADO DE ECONOMIA Y HACIENDA, JOSE VICTOR SEVILLA SEGURA
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