Vista la propuesta elevada por el excelentísimo señor Rector Magnífico de la Universidad de Oviedo, en solicitud de modificación del Plan de Estudios de la Facultad de Filología (aprobado por Orden ministerial de 30 de noviembre de 1983,Boletín Oficial del Estado de 7 de febrero de 1984, dependiente de dicha Universidad;
Considerando que se han cumplido las normas dictadas por este Departamento en materia de elaboración de los Planes de Estudio de Facultades Universitarias;
Considerando que esta, modificación no implica aumento del gasto público,
En su virtud, y de conformidad con el informe emitido por la Junta Nacional de Universidades, y con lo dispuesto en el artículo 37.1 de la Ley 14/1970, de 4 de agosto, General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa
Este Ministerio ha dispuesto:
Primero.-Modificar el primer curso de la Facultad de Filología de,la Universidad de Oviedo, sustituyendo la asignatura<Idioma I (inglés o francés o griego I).>por Idioma I (inglés, francés, alemán, portugués, italiano o griego)>.
Segundo.-Modificar el segundo curso de la Facultad de Filología de la Universidad de Oviedo, sustituyendo la asignatura<Idioma lI (inglés o francés) o griego II>, por: <Idioma II (inglés, francés, alemán, portugués, italiano o griego).
Madrid, 25 de septiembre de 1984.-P. D. (Orden de 27 de marzo de 1982 <Boletín Oficial del Estado> de 3 de abril), el Director General de Enseñanza Universitaria, Emilio Lamo de Espinosa.
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