Vista la propuesta elevada por el excelentísimo señor Rector magnífico de la Universidad de Santiago, en solicitud de modificación del Plan de Estudios de la Facultad de Filología, Sección de Filología Hispánica (gallego-portugués) (aprobado por Orden de 14 de julio de 1975, <Boletín Oficial del Estado> de 27 de agosto, y Orden de 30 de junio de 1977, <Boletín Oficial del Estado>de 17 de septiembre), dependiente de dicha Universidad
Considerando que se han cumplido las normas dictadas por este Departamento en materia de elaboración de Planes de Facultades Universitarias
Considerando que esta modificación no implica aumento del gasto público.
En su virtud, y de conformidad con el informe emitido por la Junta Nacional de Universidades y con lo dispuesto en el artículo 37.1 de la Ley 14/1970, de 4 de agosto, General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa,
Este Ministerio ha dispuesto:
Introducir las siguientes modificaciones en el Plan de estudios de la Facultad de Filología, Sección de Filología Histórica (Gallego-Portugués). De la Universidad de Santiago: En el tercer curso la asignatura <Lengua gallega>. pasa a ser<lengua gallega I>. En el cuarto curso añadir la asignatura<Lengua gallega II> En el quinto curso añadir la asignatura.<Lengua gallega III>.
Madrid, 25 de septiembre de 1984.-P. D. (Orden de 27 de marzo de 1982), el Director General de Enseñanza Universitaria, Emilio Lamo de Espinosa.
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