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Documento BOE-A-1984-5354

Orden de 23 de febrero de 1984 por la que se reconocen determinados efectos académicos de tercer ciclo al diploma de estudios superiores en Administración Pública, obtenido por funcionarios iberoamericanos en el Instituto Nacional de Administración Pública, y se autorizan las enseñanzas correspondientes.

Publicado en:
«BOE» núm. 53, de 2 de marzo de 1984, páginas 5864 a 5865 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1984-5354
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1984/02/23/(2)

TEXTO ORIGINAL

EL INSTITUTO NACIONAL DE ADMINISTRACION PUBLICA, ORGANISMO AUTONOMO DE LA PRESIDENCIA DEL GOBIERNO VIENE DESARROLLANDO DESDE 1963 UN AMPLIA LABOR DE COOPERACION TECNICA CON LOS PAISES DEL AREA IBEROAMERICANA. DENTRO DEL MARCO DE ESTA COOPERACION Y EN COLABORACION CON LA DIRECCION GENERAL DE COOPERACION TECNICA DEL MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES DICHA INSTITUCION HA ESTABLECIDO UN PROGRAMA DE ESTUDIOS SUPERIORES EN ADMINISTRACION PUBLICA DIRIGIDO A FUNCIONARIOS PUBLICOS IBEROAMERICANOS QUE POSEAN TITULACION CORRESPONDIENTE AL SEGUNDO CICLO DE EDUCACION UNIVERSITARIA Y EJERZAN FUNCIONES DE NIVEL SUPERIOR. ESTE PROGRAMA, QUE POR SU DURACION Y NIVEL DE LOS CONOCIMIENTOS IMPARTIDOS ES EQUIVALENTE A LOS ESTUDIOS DEL GRADO DE MAESTRIA QUE EXISTE EN LA MAYORIA DE PAISES, CUMPLE CON LOS REQUISITOS Y CARACTERES DE ESPECIALIZACION Y FORMACIONEN TECNICAS DE INVESTIGACION DE LOS CURSOS QUE EN ESPAÑA SE EXIGEN CON CARACTER PREVIO A LA PRESENTACION DEL TRABAJO ORIGINAL DE INVESTIGACION, CUYA APROBACION ES NECESARIA PARA LA OBTENCION DEL GRADO DE DOCTOR

PARA FACILITAR EL RECONOCIMIENTO POR LOS PAISES RESPECTIVOS DE LOS ESTUDIOS REALIZADOS EN ESTE PROGRAMA RESULTA CONVENIENTE DETERMINAR EL VALOR ACADEMICO DE LOS MISMOS DE ACUERDO CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 48 DE LA LEY GENERAL DE EDUCACION, QUE PREVE EL ESTABLECIMIENTO DE CURSOS ESPECIALES PARA EXTRANJEROS QUE PERMITAN A ESTOS SEGUIR LOS CICLOS DE NUESTRO SISTEMA EDUCATIVO TANTO EN LOS CENTROS DOCENTES DE REGIMEN ORDINARIO COMO EN CURSOS ESPECIALES ORGANIZADOS POR OTROS CENTROS CON AUTORIZACION Y BAJO LA SUPERVISION DEL MINISTERIO DE EDUCACION Y CIENCIA

EN VIRTUD, A PROPUESTA DEL INSTITUTO NACIONAL DE ADMINISTRACION PUBLICA Y PREVIO INFORME DE LA COMISION PERMANENTE DE LA JUNTA NACIONAL DE ADMINISTRACION PUBLICA Y PREVIO INFORME DE LA COMISION PERMANENTE DE LA JUNTA NACIONAL DE UNIVERSIDADES,

ESTE MINISTERIO HA TENIDO A BIEN DISPONER:

PRIMERO -SE AUTORIZA AL INSTITUTO NACIONAL DE ADMINISTRACION PUBLICA ORGANISMO AUTONOMO DEPENDIENTE DE LA PRESIDENCIA DEL GOBIERNO, A IMPARTIR LAS ENSEÑANZAS CONDUCENTES A LA OBTENCION DEL DIPLOMA DE ESTUDIOS SUPERIORES EN ADMINISTRACION PUBLICA, DIRIGIDAS A FUNCIONARIOS PUBLICOS DE PAISES DEL AREA IBEROAMERICANA QUE POSEAN TITULACION UNIVERSITARIA DE LICENCIATURA O ESTUDIOS DE VALOR ACADEMICO HOMOLOGABLE Y EJERZAN FUNCIONES DE NIVEL SUPERIOR, DE ACUERDO CON EL PLAN DE ESTUDIOS QUE FIGURA COMO ANEXO A LA PRESENTE ORDEN

SEGUNDO. -1 A LAS ENSEÑANZAS A QUE SE REFIERE EL NUMERO ANTERIOR, QUE SE IMPARTEN EN COLABORACION CON UNA O MAS UNIVERSIDADES ESPAÑOLAS, Y QUE TENDRAN UNA DURACION DE DOS AÑOS ACADEMICOS, SE LES RECONOCE LA VALIDEZ ACADEMICA DE CURSOS DE DOCTORADO

2. LA COLABORACION DE LA UNIVERSIDAD SE AJUSTARA A LO ESTABLECIDO EN EL CORRESPONDIENTE CONVENIO QUE SERA SUSCRITO POR EL INAP CON LA UNIVERSIDAD O UNIVERSIDADES RESPECTIVAS

TERCERO - LOS FUNCIONARIOS PUBLICOS IBEROAMERICANOS QUE HABIENDO OBTENIDO EL DIPLOMA DE ESTUDIOS SUPERIORES EN ADMINISTRACION PUBLICA EXPEDIDO POR EL INAP, DESEEN OBTENER EL TITULO DE DOCTOR, DEBERAN PRESENTAR UN TRABAJO ORIGINAL DE INVESTIGACION (TESIS DOCTORAL) EN UNA FACULTAD O ESCUELA TECNICA SUPERIOR QUE INCLUYA EN SU PLAN DE ESTUDIOS ENSEÑANZAS DE NATURALEZA EQUIVALENTE O AFIN A LAS DE LA LICENCIATURA OBTENIDA POR EL ASPIRANTE EN SU PAIS DE ORIGEN. TODO ELLO, SIN PERJUICIO DE LO QUE EL GOBIERNO, Y EN SU CASO LA UNIVERSIDAD, ESTABLEZCAN EN DESARROLLO DEL ARTICULO 31 DE LA LEY 11/1983, DE 25 DE AGOSTO, DE REFORMA UNIVERSITARIA

MADRID, 23 DE FEBRERO DE 1984.- MARAVALL HERRERO

ANEXO

PLAN DE ESTUDIOS

1. EL CURSO DE ESTUDIOS SUPERIORES EN LA ADMINISTRACION PUBLICA, DIRIGIDO A FUNCIONARIOS PUBLICOS DE NIVEL SUPERIOR Y QUE ESTEN EN POSESION DE UN TITULO UNIVERSITARIO DE LICENCIADO, INGENIERO, ARQUITECTO O EQUIVALENTE, ES UN PROGRAMA QUE SE REALIZA EN DOS AÑOS ACADEMICOS CONSECUTIVOS

2. LA OBTENCION DEL DIPLOMA DEL CURSO ESTA SUPEDITADA A APROBAR LAS MATERIAS DEL PLAN DE ESTUDIOS Y REALIZAR UN TRABAJO FINAL DE INVESTIGACION ORIGINAL

3. LAS ASIGNATURAS SE DISTRIBUYEN EN CUATRO GRUPOS, CUYO CONTENIDO Y DURACION SERAN LOS SIGUIENTES:

3.1 PRIMER GRUPO: FUNDAMENTOS TEORICOS.- INCLUYE LOS CONOCIMIENTOS ESENCIALES DE NATURALEZA PLURISDICIPLINAR NECESARIOS PARA OBTENER UNA COMPRESION AMPLIA DE LA PROBLEMATICA DE LA ADMINISTRACION PUBLICA EN SUS ASPECTOS MAS RELEVANTES

COMPRENDE LAS MATERIAS DE:

-ECONOMIA Y POLITICA ECONOMICA

-SOCIOLOGIA Y PSICOLOGIA SOCIAL

-DERECHO ADMINISTRATIVO

-CIENCIA POLITICA

EL TOTAL DE HORAS LECTIVAS DE ESTE PRIMER GRUPO ES DE DOSCIENTAS SETENTA Y CUATRO

3.2 SEGUNDO GRUPO: ADMINISTRACION PUBLICA COMPARADA. -ESTE GRUPO DE MATERIAS ESTA DESTINADO A FACILITAR UN CONOCIMIENTO CONCRETO DE LA ESTRUCTURA, FUNCIONAMIENTO Y PROBLEMATICA DE LAS ADMINISTRACIONES PUBLICAS CONTEMPORANEAS, CON ESPECIAL REFERENCIA LAS DE LOS PAISES IBEROAMERICANOS

LAS MATERIAS QUE FORMAN ESTE GRUPO SON:

-SISTEMAS DE ORGANIZACION DE LA FUNCION PUBLICA

-SISTEMAS DE ORGANIZACION TERRITORIAL

-ORGANIZACIONES INTERNACIONALES E INTEGRACION SUPRANACIONAL

EL TOTAL DE HORAS LECTIVAS CORRESPONDIENTES A ESTE SEGUNDO GRUPO ES DE DOSCIENTAS CUARENTA

3.3 TERCER GRUPO: RECURSOS Y TECNICAS DE GESTION. - DIRIGIDO A PROPORCIONAR UN CONOCIMIENTO CIENTIFICO DE LOS DIFERENTES RECURSOS Y TECNICAS APLICABLES A LA GESTION ADMINISTRATIVA

ESTE GRUPO COMPRENDE LAS SIGUIENTES MATERIAS:

-ANALISIS ORGANIZACIONAL

-ADMINISTRACION DE PERSONAL

-ADMINISTRACION FINANCIERA

-ADMINISTRACION DE LA INFORMACION

-TECNICAS MODERNAS DE GESTION

EL TOTAL DE HORAS LECTIVAS DEL TERCER GRUPO ES DE CUATROCIENTAS

3.4 CUARTO GRUPO: SEMINARIOS DE INVESTIGACION. -LOS ALUMNOS ELEGIRAN UN MINIMO DE DOS SEMINARIOS SOBRE TEMAS MONOGRAFICOS DIRIGIDOS A A FOMENTAR EL DESARROLLO DE LOS HABITOS DE INVESTIGACION Y QUE TENDRAN UNA DURACION MINIMA DE NOVENTA HORAS

4. TRABAJO DE INVESTIGACION.- LA OBTENCION DEL DIPLOMA REQUERIRA TAMBIEN LA REALIZACION DE UN TRABAJO DE INVESTIGACION RELACIONADO CON UNA DE LAS MATERIAS DEL CURSO QUE SUPONGA LA APLICACION A UN TEMA CONCRETO DE LOS CONOCIMIENTOS TEORICOS ADQUIRIDOS, Y DESARROLLE LOS HABITOS DE INVESTIGACION DEL ALUMNO

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 23/02/1984
  • Fecha de publicación: 02/03/1984
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 48 de la Ley 14/1970, de 4 de agosto (Ref. BOE-A-1970-852).
  • CITA Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto (Ref. BOE-A-1983-23432).
Materias
  • Instituto Nacional de Administración Pública

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