VISTA LA PROPUESTA ELEVADA POR EXCELENTISIMO SEÑOR RECTOR MAGNIFICO DE LA UNIVERSIDAD DE VALENCIA, RELATIVA A MODIFICACION DEL PLAN DE ESTUDIOS DE LA FACULTAD DE FARMACIA PERTECIENTE A DICHA UNIVERSIDAD, APROBADO POR ORDEN MINISTERIAL DE 1 DE OCTUBRE DE 1976 ("BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO"DE 16 DE MARZO DE 1977),
CONSIDERANDO QUE SE HAN CUMPLIDO LAS NORMAS DICTADAS POR ESTE DEPARTAMENTO EN MATERIA DE ELABORACION DE LOS PLANES DE ESTUDIO DE LAS FACULTADES UNIVERSITARIAS, EN CUMPLIMIENTO DE LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 37.1 DELA LEY 14/1970, DE 4 DE AGOSTO, GENERAL DE EDUCACION Y FINANCIAMIENTO DE LA REFORMA EDUCATIVA, Y VISTO EL INFORME FAVORABLE DE LA JUNTA NACIONAL DE UNIVERSIDADES,
ESTE MINISTERIO HA DISPUESTO:
PRIMERO. _APROBAR LA MODIFICACION DEL PLAN DE ESTUDIOS DE LA FACULTAD DE FARMACIA DE LA UNIVERSIDAD DE VALENCIA, APROBADO POR ORDEN INISTERIAL DE 1 DE OCTUBRE DE 1976("BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO 16 DE MARZO DE 1977), EN EL SENTIDO DE INCLUIER EN EL SEGUNDO CICLO DE DICHO PLAN, COMO OPTATIVA DE 5. CURSO, DENTRO DE LA ORIENTACION SANITARIA, LA ASIGNATURA "PARASITOLOGIA CLINICA", CON UNA CARGA DOCENTE DE DOS HORAS SEMANALES TEORICAS Y DOS HORAS SEMANALES PRACTICAS
SEGUNDO._LA MODIFICACION A QUE SE REFIERE EL NUMERO ANTERIOR NO SUPONE AUMENTO DEL GASTO PUBLICO
MADRID, 3 DE ENERO DE 1984._P.D. (ORDEN DE 27 DE MARZO DE 1982), EL DIRECTOR GENERAL DE ENSEÑANZA UNIVERSITARIA, EMILIO LAMO DE ESPINOSA
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