EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, POR PROVIDENCIA DE 7 DE MARZO CORRIENTE , HA ADMITIDO A TRAMITE EL CONFLICTO POSITIVO DE COMPETENCIA NUMERO 145/1984, PLANTEADO POR EL GOBIERNO VASCO CONTRA LOS ARTICULOS 1; 2; 3; 4; 5, APARTADO 2; 6; 7, APARTADO 2 ESPECIALIDADES 3 Y 4; 8, APARTADO 1.H); 9, APARTADO 2; 15; 24; 27; 30; 31; 32; 33; 34, Y DISPOSICION TRANSITORIA PRIMERA, APARTADO 2, DEL REAL DECRETO-LEY 8/1983, DE 30 DE NOVIEMBRE, SOBRE RECONVERSION Y REINDUSTRIALIZACION
MADRID, 7 DE MARZO DE 1984.-EL SECRETARIO DE JUSTICIA, (FIRMADO Y RUBRICADO )
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