Padecido error en la inserción del citado Real Decreto, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 15, de fecha 18 de enero de 1984, a continuación se formula la oportuna rectificación:
En la página 1276, primera columna, artículo 9.°, segundo párrafo, tercera línea, donde dice: «... para su rectificación o ...», debe decir: «... para su ratificación o ...».
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid