VISTA LA PROPUESTA FORMULADA POR EL RECTORADO DE LA UNIVERSIDAD POLITECNICA DE MADRID, EN ORDEN A LA MODIFICACION DEL PLAN DE ESTUDIOS DEL SEGUNDO CICLO DE LA ESCUELA TECNICA SUPERIOR DE INGENIEROS NAVALES (APROBADO POR ORDEN DE 30 DE JULIO DE 1982, "BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO" DE 6 DE NOVIEMBRE, Y MODIFICADO POR ORDEN DE 17 DE MAYO DE 1983, "BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO" DE 22 DE NOVIEMBRE), DEPENDIENTE DE DICHA UNIVERSIDAD;
CONSIDERANDO QUE SE HAN CUMPLIDO LAS NORMAS DICTADAS POR ESTE DEPARTAMENTO EN MATERIA DE ELABORACION DE PLANES DE ESTUDIOS DE FACULTADES Y ESCUELAS TECNICAS SUPERIORES, Y LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 37.1 DE LA LEY GENERAL DE EDUCACION Y FINANCIAMIENTO DE LA REFORMA EDUCATIVA 14/1970, DE 4 DE AGOSTO;
DE ACUERDO CON EL INFORME EMITIDO POR LA JUNTA NACIONAL DE UNIVERSIDADES,
ESTE MINISTERIO HA DISPUESTO:
PRIMERO.- QUE LA ASIGNATURA "TECNOLOGIA MECANICA" QUE SE IMPARTE, CON CARACTER ANUAL, EN QUINTO CURSO DE LA ESPECIALIDAD DE "MAQUINAS MARINAS" DEL PLAN DE ESTUDIOS ANTES CITADO, PASE A IMPARTIRSE EN CUARTO CURSO, CON CARACTER CUATRIMESTRAL Y DOS HORAS DE CLASES TEORICAS Y DOS DE PRACTICAS, A LA SEMANA.
SEGUNDO.- QUE LA ASIGNATURA "TECNOLOGIA NUCLEAR" QUE SE IMPARTE EN SEXTO CURSO DE LA ESPECIALIDAD DE "MAQUINAS MARINAS" (OPCION D) PASE A IMPARTIRSE EN QUINTO CURSO DE LA MISMA ESPECIALIDAD, CON LA MISMA CARGA LECTIVA.
CUARTO.- ESTA MODIFICACION NO IMPLICARA AUMENTO DEL GASTO PUBLICO.
MADRID, 22 DE ABRIL DE 1985.- P.D. (ORDEN DE 27 DE MARZO DE 1982), EL DIRECTOR GENERAL DE ENSEÑANZA UNIVERSITARIA, EMILIO LAMO ESPINOSA.
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