VISTA LA INSTANCIA SUSCRITA POR LA ASOCIACION DE TRANSPORTE INTERNACIONAL POR CARRETERA EN SOLICITUD DE QUE SE HABILITE LA ADUANA DE GANDIA COMO OFICINA DE DESTINO Y DE SALIDA EN REGIMEN TIR;
RESULTANDO QUE LA DIRECCION DEL GRUPO DE PUERTOS DE VALENCIA EN FECHA 24 DE SEPTIEMBRE ULTIMO MANIFIESTA NO EXISTIR INCONVENIENTE EN AUTORIZAR LA ENTRADA DE VEHICULOS EN LA ZONA DE SERVICIO DEL PUERTO DE GANDIA A FIN DE QUE SE REALICEN LAS OPERACIONES NECESARIAS PARA SER DESPACHADOS EN REGIMEN TIR POR LA ADUANA PORTUARIA,
ESTA DIRECCION GENERAL, HACIENDO USO DE LA AUTORIZACION OTORGADA POR EL APARTADO 6.3 DE LA ORDEN MINISTERIAL DE HACIENDA DE 9 DE FEBRERO DE 1977, Y CONCURRIENDO CIRCUNSTANCIAS QUE LO HACEN ACONSEJABLE, HABILITA LA ADUANA DE GANDIA COMO ADUANA DE DESTINO Y DE SALIDA PARA EL DESPACHO DE MERCANCIAS CONDUCIDAS EN REGIMEN TIR.
MADRID, 28 DE NOVIEMBRE DE 1984.-EL DIRECTOR GENERAL, MIGUEL ANGEL DEL VALLE Y BOLAÑO.
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