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Documento BOE-A-1985-19593

Orden de 31 de agosto de 1985 por la que se desarrolla la estructura orgánica de los Servicios Centrales del Instituto Nacional de Servicios Sociales (INSERSO).

Publicado en:
«BOE» núm. 224, de 18 de septiembre de 1985, páginas 29394 a 29396 (3 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-1985-19593
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1985/08/31/(1)

TEXTO ORIGINAL

EL REAL DECRETO 1433/1985, DE 1 DE AGOSTO, HA MODIFICADO LA ESTRUCTURA Y COMPETENCIAS DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES.

EN SU VIRTUD, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA DISPOSICION FINAL PRIMERA DEL MENCIONADO REAL DECRETO, PREVIA APROBACION DE LA PRESIDENCIA DEL GOBIERNO,

ESTE MINISTERIO HA TENIDO A BIEN DISPONER:

ARTICULO 1.' LA ESTRUCTURA ORGANICA DE LOS SERVICIOS CENTRALES DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES QUEDA CONFIGURADA DE LA SIGUIENTE FORMA:

1.

DIRECCION GENERAL:

- DOS SECRETARIAS, CON NIVEL 3.

- UN CONSEJERO TECNICO, CON NIVEL 28.

- UN DIRECTOR DE PROGRAMAS.

- UN ASESOR TECNICO, CON NIVEL 2.

1.0.0.1 NEGOCIADO.

1.1 SERVICIO ADJUNTO:

- DOS ASESORES TECNICOS, CON NIVEL 2.

- TRES ASESORES TECNICOS, CON NIVEL 3.

1.1.1 SECCION DE INFORMACION.

1.1.1.1 NEGOCIADO I.

1.1.1.2 NEGOCIADO II.

1.1.2 SECCION DE RELACIONES INSTITUCIONALES.

1.1.2.1 NEGOCIADO.

2. SECRETARIA GENERAL:

- SECRETARIA, CON NIVEL 3.

- UN ASESOR TECNICO, CON NIVEL 2.

2.0.1 SECCION DE ASUNTOS GENERALES.

2.0.1.1. NEGOCIADO I.

2.0.1.2. NEGOCIADO II.

2.0.1.3. NEGOCIADO III.

2.1. SERVICIO DE PERSONAL:

- UN ASESOR TECNICO, CON NIVEL 2.

- DOS ASESORES TECNICOS, CON NIVEL 3.

2.1.1 SECCION DE GESTION DE PERSONAL FUNCIONARIO.

2.1.1.1 NEGOCIADO I.

2.1.1.2 NEGOCIADO II.

2.1.2 SECCION DE GESTION Y SELECCION DE PERSONAL LABORAL.

2.1.2.1 NEGOCIADO I.

2.1.2.2 NEGOCIADO II.

2.1.2.3 NEGOCIADO III.

2.1.2.4 NEGOCIADO IV.

2.1.3. SECCION DE REGIMEN JURIDICO Y ECONOMICO.

2.1.3.1 NEGOCIADO I.

2.1.3.2 NEGOCIADO II.

2.2 SERVICIO DE INSPECCION Y ORDENACION NORMATIVA:

- UN ASESOR TECNICO, CON NIVEL 2.

- JEFATURA DE AGRUPACION DE INSPECTORES, CON CUATRO.

- INSPECTORES Y CINCO SUBINSPECTORES.

2.2.0.1 NEGOCIADO.

2.2.1 SECCION DE ORDENACION Y COORDINACION NORMATIVA.

2.2.1.1 NEGOCIADO.

2.3 SERVICIO DE PARTICIPACION Y COOPERACION:

- UN ASESOR TECNICO, CON NIVEL 2.

- DOS ASESORES TECNICOS, CON NIVEL 3.

2.3.1 SECCION DE RELACIONES CON EL CONSEJO GENERAL.

2.3.1.1 NEGOCIADO.

2.3.2. SECCION DE COOPERACION TERRITORIAL.

2.3.2.1 NEGOCIADO I.

2.3.2.2 NEGOCIADO II.

2.4 SERVICIO JURIDICO CON NIVEL DE SERVICIO:

- UN LETRADO.

3. SUBDIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y ANALISIS PRESUPUESTARIO:

- SECRETARIA, CON NIVEL 3.

- UN ASESOR TECNICO, CON NIVEL 2.

3.0.1 OFICINA TECNICA Y DE SUPERVISION DE PROYECTOS, CON NIVEL DE SECCION:

- UN ASESOR TECNICO, CON NIVEL 2.

- DOS ASESORES TECNICOS, CON NIVEL 3.

3.0.1.1 NEGOCIADO.

3.1 SERVICIO DE ORDENACION PRESUPUESTARIA:

- UN ASESOR TECNICO, CON NIVEL 2.

- UN ASESOR TECNICO, CON NIVEL 3.

3.1.1 SECCION DE ELABORACION Y GESTION PRESUPUESTARIA.

3.1.1.1 NEGOCIADO I.

3.1.1.2 NEGOCIADO II.

3.1.2. SECCION DE SEGUIMIENTO PRESUPUESTARIO.

3.1.2.1 NEGOCIADO I.

3.1.2.2 NEGOCIADO II.

3.2 SERVICIO DE INVERSIONES:

- UN ASESOR TECNICO, CON NIVEL 1.

- UN ASESOR TECNICO, CON NIVEL 2.

- TRES FACULTATIVOS (APAREJADORES).

3.2.1 SECCION DE PROGRAMACION Y OBRAS.

3.2.1.1 NEGOCIADO I.

3.2.1.2 NEGOCIADO II.

3.2.1.3 NEGOCIADO III.

3.2.1.4 NEGOCIADO IV.

3.2.2 SECCION DE EQUIPAMIENTO Y SUMINISTROS.

3.2.2.1 NEGOCIADO I.

3.2.2.2 NEGOCIADO II.

3.2.3 SECCION DE CONTROL.

3.2.3.1 NEGOCIADO I.

3.2.3.2 NEGOCIADO II.

3.2.4 SECCION DE PATRIMONIO E INVENTARIO.

3.2.4.1 NEGOCIADO I.

3.2.4.2 NEGOCIADO II.

3.3 SERVICIO DE ADMINISTRACION:

- UN ASESOR TECNICO, CON NIVEL 2.

3.3.1 SECCION DE ADMINISTRACION.

3.3.1.1 NEGOCIADO I.

3.3.1.2 NEGOCIADO II.

3.3.2 SECCION DE ORDENACION DE PAGOS.

3.3.2.1 NEGOCIADO I.

3.3.2.2 NEGOCIADO II.

4. SUBDIRECCION GENERAL DE GESTION:

- SECRETARIA, CON NIVEL 3.

- UN ASESOR TECNICO, CON NIVEL 2.

4.1 SERVICIO DE VALORACION Y RECUPERACION:

- UN ASESOR TECNICO, CON NIVEL 2.

- DOS ASESORES TECNICOS, CON NIVEL 3.

4.1.1 SECCION DE VALORACION.

4.1.1.1 NEGOCIADO.

4.1.2 SECCION DE RECUPERACION.

4.1.2.1 NEGOCIADO I.

4.1.2.2 NEGOCIADO II.

4.2 SERVICIO DE CENTROS RESIDENCIALES:

- UN ASESOR TECNICO, CON NIVEL 2.

- DOS ASESORES TECNICOS, CON NIVEL 3.

4.2.1 SECCION DE APOYO DE LA GESTION.

4.2.1.1 NEGOCIADO.

4.2.2 SECCION DE CENTROS DE TERCERA EDAD.

4.2.2.1 NEGOCIADO I.

4.2.2.2 NEGOCIADO II.

4.2.3 SECCION DE CENTROS MINUSVALIDOS.

4.2.3.1 NEGOCIADO I.

4.2.3.2 NEGOCIADO II.

4.3 SERVICIO DE CENTROS DE DIA:

- UN ASESOR TECNICO, CON NIVEL 2.

4.3.1 SECCION DE CENTROS BASE.

4.3.1.1 NEGOCIADO I.

4.3.1.2 NEGOCIADO II.

4.3.2 SECCION DE HOGARES Y CLUBS.

4.3.2.1 NEGOCIADO I.

4.3.2.2 NEGOCIADO II.

4.4 SERVICIO DE PROGRAMAS COMUNITARIOS:

UN ASESOR TECNICO, CON NIVEL 2.

- DOS ASESORES TECNICOS, CON NIVEL 3.

4.4.1 SECCION DE AYUDA A DOMICILIO.

4.4.1.1 NEGOCIADO I.

4.4.1.2 NEGOCIADO II.

4.4.2 SECCION DE INTEGRACION SOCIAL.

4.4.2.1 NEGOCIADO I.

4.4.2.2 NEGOCIADO II.

5. SUBDIRECCION GENERAL DE SERVICIOS TECNICOS:

- SECRETARIA, CON NIVEL 3.

- UN ASESOR TECNICO, CON NIVEL 2.

5.0.0.1 NEGOCIADO.

5.1 SERVICIO DE ASISTENCIA TECNICA:

- UN ASESOR TECNICO, CON NIVEL 2.

- DOS ASESORES TECNICOS, CON NIVEL 3.

5.1.1 SECCION DE ASISTENCIA TECNICA Y FORMACION.

5.1.1.1 NEGOCIADO I.

5.1.1.2 NEGOCIADO II.

5.1.2 SECCION DE DOCUMENTACION Y PUBLICACIONES.

5.1.2.1 NEGOCIADO I.

5.1.2.2 NEGOCIADO II.

5.2 SERVICIO DE PRESTACIONES ECONOMICAS:

- UN ASESOR TECNICO, CON NIVEL 2.

- DOS ASESORES TECNICOS, CON NIVEL 3.

5.2.1 SECCION DE ORDENACION.

5.2.1.1 NEGOCIADO.

5.2.2 SECCION DE GESTION.

5.2.2.1 NEGOCIADO I.

5.2.2.2 NEGOCIADO II.

5.3 SERVICIO DE INFORMATICA.

- UN ASESOR TECNICO, CON NIVEL 2.

- DOS ASESORES TECNICOS, CON NIVEL 3.

5.3.1 SECCION DE EXPLOTACION.

5.3.1.1 NEGOCIADO.

5.3.2 SECCION DE DESARROLLO Y MANTENIMIENTO DE APLICACIONES.

5.3.2.1 NEGOCIADO.

5.4 SERVICIO DE ESTADISTICAS Y ESTUDIOS SOCIOECONOMICOS:

- UN ASESOR TECNICO, CON NIVEL 2.

- DOS ASESORES TECNICOS, CON NIVEL 3.

5.4.1. SECCION DE ESTADISTICAS.

5.4.1.1. NEGOCIADO.

5.4.2 SECCION DE ESTUDIOS.

5.4.2.1 NEGOCICIADO.

ART. 2. COMO APOYO TECNICO A LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PODRAN DESIGNARSE:

- UN ASESOR TECNICO, CON NIVEL 2.

- UN ASESOR TECNICO, CON NIVEL 3.

DISPOSICIONES ADICIONALES

PRIMERA.- AL OBJETO DE DAR CUMPLIMIENTO A LO ESTABLECIDO EN DISPOSICION TRANSITORIA SEXTA DEL REAL DECRETO 530/1985, DE 8 DE ABRIL, A LOS FUNCIONARIOS DEL EXTINGUIDO INSTITUTO NACIONAL DE ASISTENCIA SOCIAL Y A LOS PROVENIENTES DE LA DIRECCION GENERAL DE ACCION SOCIAL QUE SE INTEGREN EN EL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES SE LES RESPETARA SU SITUACION ADMINISTRATIVA, ACOMODANDOLA A LA ESTRUCTURA QUE SE ESTABLECE EN LA PRESENTE ORDEN.

SEGUNDA.- AL OBJETO DE GARANTIZAR UN ADECUADO NIVEL DE GESTION DEL INSTITUTO EN CEUTA Y MELILLA, Y COMO CONSECUENCIA DE LO ESTABLECIDO EN LA DISPOSICION ADICIONAL TERCERA, APARTADO 3, DEL REAL DECRETO 530/1985, DE 8 DE ABRIL POR EL QUE SE ORDENA LA INTEGRACION DE LAS DIRECCION PROVINCIALES DEL INSTITUTO NACIONAL DE ASISTENCIA SOCIAL EN LAS CORRESPONDIENTES DEL INSERSO, LA ESTRUCTURA ORGANICA DE LAS DIRECCIONES PROVINCIALES DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES DE CEUTA Y MELILLA SERA LA SIGUIENTE, CON CATEGORIA D:

1. LA DIRECCION PROVINCIAL SERA CUBIERTA POR EL DIRECTOR PROVINCIAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

1.1 SUBDIRECCION PROVINCIAL.

1.1.1 SECCION UNICA.

1.1.1.1 NEGOCIADO.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

PRIMERA.- EL DIRECTOR GENERAL DEL INSERSO PODRA PROPONER AL DIRECTOR GENERAL DE PERSONAL DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL EL CUBRIR DIRECTAMENTE, Y POR UNA SOLA VEZ, LOS PUESTOS DE TRABAJO DE ESTA ENTIDAD GESTORA A QUE SE REFIERE EL ARTICULO 2. DE LA ORDEN DE 7 DE JUNIO DE 1984, QUE, EN VIRTUD DE LO DISPUESTO EN LA PRESENTE ORDEN, HAYAN CAMBIADO DE DENOMINACION O DEPENDENCIA, MEDIANTE LIBRE DESIGNACION, ENTRE AQUELLOS FUNCIONARIOS QUE VINIERAN OCUPANDO PUESTOS DEL MISMO O SUPERIOR NIVEL, AUN CUANDO EL NUMERO DE ESTOS FUNCIONARIOS SUPERE EL DE PUESTOS A CUBRIR.

LOS NOMBRAMIENTOS EFECTUADOS AL AMPARO DE ESTA DISPOSICION TRANSITORIA SE ENTENDERAN HECHOS MEDIANTE LIBRE DESIGNACION O CONCURSO DE MERITOS EN RAZON DEL MODO EN QUE EL FUNCIONARIO HUBIERA ACCEDIDO AL CARGO QUE VENIA OCUPANDO HASTA LE FECHA DE ENTRADA EN VIGOR DE ESTA ORDEN.

SEGUNDA.- CON EL FIN DE GARANTIZAR EN TODO MOMENTO EL CORRECTO MANTENIMIENTO DE LOS SERVICIOS, LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS QUE SE SUPRIMEN POR LA PRESENTE ORDEN CONTINUARAN DESARROLLANDO SUS ANTERIORES FUNCIONES Y SUS RESPECTIVOS TITULARES OSTENTANDO LAS JEFATURAS DE LAS MISMAS, EN TANTO SE ADOPTEN LAS MEDIDAS PERTINENTES PARA LA PLENA IMPLANTACION DE LA ESTRUCTURA ORGANICA QUE SE ESTABLECE EN ESTA ORDEN.

DISPOSICIONES FINALES

PRIMERA.- POR LA DIRECCION GENERAL DE REGIMEN ECONOMICO DE LA SEGURIDAD SOCIAL SE AUTORIZARAN LAS MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS QUE SEAN PERTINENTES PARA HABILITAR LOS CREDITOS NECESARIOS PARA LA APLICACION DE ESTA ORDEN QUE, EN NINGUN CASO, PUEDE DAR LUGAR A INCREMENTO DEL GASTO PUBLICO.

SEGUNDA.- SE FACULTA A LA SUBSECRETARIA DEL DEPARTAMENTO PARA RESOLVER CUANTAS CUESTIONES DE CARACTER GENERAL SE SUSCITEN EN LA APLICACION DE ESTA ORDEN.

TERCERA.- QUEDA DEROGADA LA ORDEN DE 5 DE OCTUBRE DE 1983, QUE REESTRUCTURABA LOS SERVICIOS CENTRALES DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES, Y CUANTAS DISPOSICIONES DE IGUAL O INFERIOR RANGO SE OPONGAN A LO DISPUESTO EN ESTA ORDEN, QUE ENTRARA EN VIGOR AL DIA SIGUIENTE AL DE SU PUBLICACION EN EL "BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO".

MADRID, 31 DE AGOSTO DE 1985.-ALMUNIA AMANN.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 31/08/1985
  • Fecha de publicación: 18/09/1985
  • Entrada en vigor: 19 de septiembre de 1985.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • CORRECCIÓN de errores en BOE núm. 234 de 30 de septiembre de 1985 (Ref. BOE-A-1985-20210).
Referencias anteriores
Materias
  • Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social
  • Instituto Nacional de Servicios Sociales
  • Ministerio de Trabajo y Seguridad Social

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