EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, POR PROVIDENCIA DE 25 DE SEPTIEMBRE ACTUAL, HA ADMITIDO A TRAMITE EL CONFLICTO POSITIVO DE COMPETENCIA NUMERO 809/1985, PLANTEADO POR LA JUNTA DE GALICIA, EN RELACION CON LOS ARTICULOS 1, 3, 4, 5, 6 C) Y 7, ASI COMO EL RESTO DE LOS PRECEPTOS QUE GUARDEN CONEXION DIRECTA O CAUSAL CON MATERIAS QUE AFECTEN A LA TITULARIDAD DE LAS COMPETENCIAS DE DICHA COMUNIDAD AUTONOMA, DEL REAL DECRETO 672/1985, DE 19 DE ABRIL, POR EL QUE SE DICTAN NORMAS SOBRE PROMOCION EXTERIOR DEL TURISMO.
LO QUE SE PUBLICA PARA GENERAL CONOCIMIENTO.
MADRID A 25 DE SEPTIEMBRE DE 1985.-EL SECRETARIO DE JUSTICIA.
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