EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, POR PROVIDENCIA DE 6 DE FEBRERO CORRIENTE, HA ADMITIDO A TRAMITE LA CUESTION DE INCONSTITUCIONALIDAD NUMERO 70/1985, PROMOVIDA POR LA MAGISTRATURA DE TRABAJO NUMERO 18, DE MADRID, POR SUPUESTA INCONSTITUCIONALIDAD DE LOS ARTICULOS 5 Y 8 DE LA LEY 46/1977, DE 15 DE OCTUBRE, SOBRE AMNISTIA, Y 11 BIS DE LA MISMA, ADICIONADO POR LA LEY 1/1984, DE 9 DE ENERO, POR LA INFRACCION DE LAS ARTICULOS 9.3, EN RELACION CON EL 118 Y 10.1, EN RELACION CON EL 38 DE LA CONSTITUCION.
LO QUE SE PUBLICA PARA GENERAL CONOCIMIENTO.
MADRID, 6 DE FEBRERO DE 1985.-EL SECRETARIO DE JUSTICIA.
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