Advertidos errores en el texto de la citada Orden, inserta en el «Boletín Oficial del Estado» número 103, de fecha 30 de abril de 1985, páginas 11997 a 12000, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
En el número 2. Definiciones, línea primera, donde dice: «... se adoptarán...», debe decir: «... se adoptan...».
En el número 2.11, línea sexta, donde dice: «... deben ni administrarse...», debe decir: «... deben usarse ni administrarse...».
En el número 4.1, línea cuarta, donde dice: «... contaminación en cruzadas...», debe decir: «... contaminaciones cruzadas...».
En el número 4.1, línea quinta, donde dice: «... otros sistemas para separar...», debe decir: «... otros sistemas apropiados para separar...».
En el número 8.2.1. linea tercera, donde dice: «... establecidas con instrucciones...», debe decir: «... establecidas de acuerdo con instrucciones...».
En el número 10.2.2, línea tercera, donde dice: «... uso o más de uno de los lotes...», debe decir: «... uso de uno o más lotes...».
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid