EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, POR PROVIDENCIA DE 23 DE JULIO ACTUAL, HA ADMITIDO A TRAMITE EL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD NUMERO 826/1986, PROMOVIDO POR EL PARLAMENTO DE CATALUÑA CONTRA LOS ARTICULOS 25.2; 49; 50; 52; 54.1, 2 Y 3, Y 59, EN CUANTO SON DECLARADOS BASICOS POR LA DISPOSICION FINAL SEPTIMA 1.A); Y LOS ARTICULOS 129, APARTADO 1.B),C) Y D), APARTADO 2, B), Y APARTADO 3; 145; 150.1.B); 158; 160.1; 410.2; 414 Y LA DISPOSICION FINAL SEPTIMA, APARTADO 1.B) Y APARTADO 2, DEL REAL DECRETO LEGISLATIVO 781/1986, DE 18 DE ABRIL, POR EL QUE SE APRUEBA EL TEXTO REFUNDIDO DE LAS DISPOSICIONES LEGALES VIGENTES EN MATERIA DE REGIMEN LOCAL.
LO QUE SE PUBLICA PARA GENERAL CONOCIMIENTO.
MADRID, 23 DE JULIO DE 1986. EL SECRETARIO DE JUSTICIA. FIRMADO Y RUBRICADO.
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