Advertidos errores en el texto del citado Real Decreto, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 312, de fecha 30 de diciembre de 1985, a continuación se formulan las siguientes rectificaciones:
En la página 40792, sumario, segunda línea, donde dice: «subsidio de desempleo», debe decir: «subsidio por desempleo».
En la página 40792, segunda columna, disposición transitoria primera a), última línea, donde dice: «prestaciones de desempleo», debe decir: «prestaciones por desempleo».
En la misma página y columna, disposición transitoria cuarta, segundo párrafo, donde dice: «debiéndose reintegrar el Instituto», debe decir: «debiéndose reintegrar al Instituto».
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