Padecidos errores en la inserción de la citada Orden, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 183, de fecha 1 de agosto de 1986, a continuación se formulan las oportunas rectificaciones:
En la página 27334, primera columna, f), donde dice: «Dar cumplimiento a lo que establece en el artículo siguiente», debe decir: «Dar cumplimiento a lo que se establece en el artículo siguiente».
En la página 27337, primera columna, 4., línea 13, donde dice: «Peritos tasadores que no encuentren en alguna de las situaciones», debe decir: «Peritos tasadores que no se encuentren en alguna de las situaciones».
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