Advertidos errores en el texto de la mencionada Ley 1/1986, de 10 de abril, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 211, de fecha 3 de septiembre de 1986, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
En la página 30758, Exposición de Motivos, apartado 1, línea 2.ª, donde dice: «su constitución como Comunidad Autónoma de Madrid», debe decir «su constitución como Comunidad Autónoma».
En la página 30759, Exposición de Motivos, apartado III, donde dice: «esta Ley buscan», debe decir «esta Ley busca».
En la página 30765, artículo 56, párrafo segundo, donde dice: «computándoles», debe decir «computándoseles».
podEnnla página 30767, artículo 69.3, donde dice: «El funcionario podrá disponer de un número de diez días», debe decir «El funcionario podrá disponer de un número de días».
En la página 30767, artículo 70.4, donde dice: «Caso de embarazo», debe decir «En caso de embarazo».
En la página 30767, artículo 70, número 6, donde dice: «... a la condición de funcionarios», debe decir «... a la condición de funcionario».
En la página 30769, articulo 87.6, donde dice: «de los funcionarios interinos será», debe decir «de los funcionarios interinos serán».
En la página 30769, articulo 89.2, donde dice «aunque no se hubiera», debe decir «aunque no hubiera».
En la página 30769, Disposición Adicional Segunda, 1.b), donde dice: «que desempeñen», debe decir «que desempeñaran».
En el número dos de la disposición adicional segunda, donde dice: «se integrará», debe decir «se integrarán».
En la página 30770, Disposiciones Transitorias, primera, número dos, donde dice: «Hasta tanto no se aprueban», debe decir «Hasta tanto no se aprueben».
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