EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, POR PROVIDENCIA DE 28 DE ENERO ACTUAL, HA ADMITIDO A TRAMITE LA CUESTION DE INCONSTITUCIONALIDAD NUMERO 51/1986, PROMOVIDA POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DE LA AUDIENCIA TERRITORIAL DE ALBACETE, POR SUPUESTA INCONSTITUCIONALIDAD DEL REAL DECRETO-LEY 17/1982, DE 24 DE SEPTIEMBRE, POR EL QUE SE ESTABLECE A LOS SESENTA Y CINCO AÑOS DE EDAD LA JUBILACION FORZOSA DE LOS FUNCIONARIOS DEL DE PROFESORES DE EDUCACION GENERAL BASICA, POR POSIBLE VIOLACION DE LOS ARTICULOS 9.3, 33.3 Y 106.2 DE LA CONSTITUCION.
LO QUE SE PUBLICA PARA GENERAL CONOCIMIENTO.
MADRID, 28 DE ENERO DE 1986. EL SECRETARIO DE JUSTICIA. FIRMADO Y RUBRICADO.
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