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Documento BOE-A-1986-5760

Corrección de errores del Canje de Notas entre España y Francia sobre prestaciones familiares, realizado en Madrid el 28 de noviembre de 1985.

Publicado en:
«BOE» núm. 55, de 5 de marzo de 1986, páginas 8389 a 8389 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Referencia:
BOE-A-1986-5760
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/ai/1985/11/28/(1)/corrigendum/19860305

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en el texto del Canje de Notas entre España y Francia sobre prestaciones familiares, realizado en Madrid el 28 de noviembre de 1985 y publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 29, de fecha 3 de febrero de 1986, a continuación se transcriben las oportunas rectificaciones:

El párrafo séptimo de la Nota francesa y el octavo de la española debe quedar redactado de la siguiente forma:

«Los artículos 56 a 61 del Convenio General entre Francia y España sobre Seguridad Social de 31 de octubre de 1974 y los artículos 97 a 106 del Acuerdo Administrativo General de 31 de octubre de 1974, así como el baremo anejo a dicho Acuerdo, relativo a las modalidades de aplicación del Convenio General entre Francia y España, quedarán derogados al 1 de enero de 1986.

El anexo que acompaña al Canje de Notas entre España y Francia sobre prestaciones familiares, que se omitió en la publicación, es el siguiente:

ANEXO

Baremo de indemnizaciones por cargas familiares

En aplicación del Convenio en vigor entre Francia y España en materia de indemnizaciones por cargas familiares, se aplicará a partir del 1 de diciembre de 1985 el siguiente baremo:

1. Indemnizaciones por cargas familiares pagadas en España:

Por dos hijos, 4.950 pesetas/mes.

Por tres hijos, 10.310 pesetas/mes.

Por cuatro hijos, 13.480 pesetas/mes.

Por cinco hijos, 16.350 pesetas/mes.

Por seis hijos, 19.680 pesetas/mes.

Por cada hijo más a partir del séptimo, 3.650 pesetas/mes.

II. Indemnizaciones por cargas familiares pagadas en Francia:

Por dos hijos, 133 francos/mes.

Por tres hijos, 276,80 francos/mes.

Por cuatro hijos, 362 francos/mes.

Por cinco hijos, 438,50 francos/mes.

Por seis hijos, 528,50 francos/mes.

Por cada hijo más a partir del séptimo, 98,70 francos/mes.

Lo que se hace público para conocimiento general.

Madrid. 24 de febrero de 1986.-El Secretario general técnico, José Manuel Paz Agüeras.

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 05/03/1986
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Canje de Notas de 28 de noviembre de 1985 (Ref. BOE-A-1986-2800).
Materias
  • Acuerdos internacionales
  • Familia
  • Francia
  • Seguridad Social
  • Trabajadores

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