AL OBJETO DE DAR CUMPLIMIENTO AL REQUISITO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 24 DEL VIGENTE REGLAMENTO DE BOLSAS DE COMERCIO PARA QUE SEA ADMITIDA A COTIZACION OFICIAL LA DEUDA DEL ESTADO, INTERIOR Y AMORTIZABLE, ESTA DIRECCION GENERAL DEL TESORO Y POLITICA FINANCIERA, HACE PUBLICAS LAS CARACTERISTICAS ESENCIALES DE LA EMITIDA POR VALOR NOMINAL DE 23.766.520.000 PESETAS, Y FORMALIZADA EN BONOS DEL ESTADO AL 10,15 POR 100, DE 25 DE MARZO DE 1987, PARA ATENDER LA SUBASTA Y SUSCRIPCION PUBLICA, EN VIRTUD DE LAS DISPOSICIONES CONTENIDAS EN EL REAL DECRETO 2640/1986, DE 30 DE DICIEMBRE, ORDEN DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y HACIENDA DE 22 DE ENERO DE 1987, Y RESOLUCIONES DE LA DIRECCION GENERAL DEL TESORO Y POLITICA FINANCIERA DE 26 DE FEBRERO Y 16 DE MARZO DE 1987:
1. EN CUMPLIMIENTO DE LO DISPUESTO EN EL REAL DECRETO, LA ORDEN Y RESOLUCIONES ANTES MENCIONADOS, LA DIRECCION GENERAL DEL TESORO Y POLITICA FINANCIERA HA PUESTO EN CIRCULACION 2.376.652 TITULOS AL PORTADOR DE 10.000 PESETAS NOMINALES, CADA UNO, SERIE A, NUMEROS 1 AL 2.376.652, POR UN IMPORTE NOMINAL DE 23.766.520.000 PESETAS PARA ATENDER LA SUBASTA Y SUSCRIPCION PUBLICA POSTERIOR.
2. LOS TITULOS EMITIDOS SE AGRUPAN POR LAMINAS, SEGUN EL SIGUIENTE DETALLE:
NUMERO 1, DE UN TITULO.
NUMERO 2, DE 10 TITULOS.
NUMERO 3, DE 100 TITULOS.
NUMERO 4, DE 1.000 TITULOS.
3. EN NINGUN CASO LA ADQUISICION DE LA DEUDA DEL ESTADO QUE SE EMITE DARA DEREHO A DESGRAVACIONES FISCALES EN EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FISICAS O EN EL IMPUESTO DE SOCIEDADES.
4. LOS TITULOS QUE SE PONEN EN CIRCULACION SE AMORTIZARAN A LA PAR EL 25 DE MARZO DE 1990. LOS CUPONES SEMESTRALES SE PAGARAN A SU VENCIMIENTO EN 25 DE MARZO Y 25 DE SEPTIEMBRE POR UN IMPORTE BRUTO DE 507,50 PESETAS POR TITULO.
EL PRIMER CUPON A PAGAR SERA EL DE 25 DE SEPTIEMBRE DE 1987, HABIENDOSE ABONADO POR COMPENSACION EN EL MOMENTO DE LA EMISION EL CUPON PREPAGADO COMPLEMENTARIO DE INTERES A LOS TITULOS CON TAL DERECHO.
5. LA TRAMITACION INHERENTE A LAS OPERACIONES DE SOLICITUD DE ABONO DE LOS INTERESES DE LOS TITULOS EMITIDOS SE REALIZARA EN LOS TERMINOS DISPUESTOS EN LAS NORMAS DICTADAS POR LAS RESOLUCIONES DE LA DIRECCION GENERAL DEL TESORO DE 6 DE SEPTIEMBRE Y 27 DE NOVIEMBRE DE 1978.
MADRID, 23 DE ABRIL DE 1987. EL DIRECTOR GENERAL, PEDRO MARTINEZ MENDEZ.
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