Advertidos algunos errores en el texto de las Decisiones tomadas por la Comisión Internacional Permanente para las pruebas de las armas de fuego portátiles en su XVIII Sesión Plenaria de junio de 1984, relativas al Convenio para el reconocimiento recíproco de los punzones de pruebas de armas de fuego portátiles y al Reglamento, hecho en Bruselas el 1 de julio de 1969, publicadas en el «Boletín Oficial del Estado» número 36, de fecha 11 de febrero de 1987, a continuación se transcriben las correspondientes correcciones:
1. Sesión Plenaria XVIII-2, punto 3.1, donde dice: «se pueden calcular los coeficientes by ln a del retroceso lineal:
(VER IMAGEN, PÁGINA 14912)
1.1 Punto 3.2, donde dice: «La desviación típica para un valor medio estimado ln P (= Y) en función de ln V (= X) es:», debe decir: «La desviación típica para un valor medio estimado ln P (= Y) en función de ln V (= X) es:».
1.2 Punto 3.3, donde dice:
(VER IMAGEN, PÁGINA 14912)
2. Sesión Plenaria XVIII-3, punto 2.2, donde dice:
(VER IMAGEN, PÁGINA 14912)
2.1 Punto 3, donde dice:
(VER IMAGEN, PÁGINA 14912)
3. Sesión Plenaria XVIII-4:
(VER IMAGEN, PÁGINA 14912)
4. Sesión Plenaria XVIII-5:
(VER IMAGEN, PÁGINA 14912)
Lo que se hace público para conocimiento general.
Madrid, 14 de mayo de 1987.-El Secretario general técnico, José Manuel Paz Agüeras.
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