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Documento BOE-A-1987-17651

Real Decreto 972/1987, de 24 de julio, por el que se regulan los precios del pan.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 180, de 29 de julio de 1987, páginas 23221 a 23222 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Relaciones con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno
Referencia:
BOE-A-1987-17651
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1987/07/24/972

TEXTO ORIGINAL

La reducción paulatina de las tensiones inflacionistas ha permitido, en los últimos años, una progresiva liberalización de la inicial intervención de precios; liberalización que se ha hecho visible, entre otros productos y servicios, en la regulación de los precios del pan. En efecto, desde la pasada campaña la regulación oficial de los precios del pan se ha reducido a una pieza modal en cada provincia, autorizándose, al mismo tiempo, la fabricación de toda clase de panes comunes y especiales, en condiciones de libertad de precios, formatos y calidades, sin otra limitación que la sujeción a la reglamentación técnico-sanitaria correspondiente.

En esta línea flexible de libertad de precios, atemperada por la cautela del mantenimiento del precio oficial de una pieza de pan, de máximo consumo en cada provincia, resulta aconsejable revisar los precios oficiales establecidos en la pasada campaña, ajustándolos a las circunstancias actuales. Con ligeras desviaciones explicadas por las diferencias de formatos y pesos provinciales, resulta una elevación de precio de, aproximadamente, el 3 por 100 en cada provincia.

En su virtud, previo informe de la Junta Superior de Precios y a propuesta de los Ministerios de Economía y Hacienda y Agricultura, Pesca y Alimentación, previa deliberación del Consejo de Ministros del día 24 de julio de 1987,

DISPONGO:

Artículo 1.º

En cada provincia será obligatoria la existencia de una pieza de pan común, con el peso y precio que se determina en el anexo.

Art. 2.º

Se autoriza la elaboración y venta de piezas de pan común o especial distintas de las señaladas en el anexo, siempre que puedan ser diferenciadas inequívocamente de estas por sus características, peso, composición, presentación u otras circunstancias, cumpliendo lo establecido en la Reglamentación Técnico-Sanitaria para la Fabricación, Circulación y Comercio del Pan y Panes Especiales (Real Decreto 1137/1984, de 28 de marzo).

Art. 3.º

En las islas Canarias, Ceuta y Melilla, el peso y precio de la pieza de pan más vendida se determinará por la autoridad competente, a semejanza de la península, pero teniendo en cuenta las peculiaridades de suministro de trigo y harina panificable.

Art. 4.º

El presente Real Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación.

Dado en Madrid a 24 de julio de 1987.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Relaciones con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno,

VIRGILIO ZAPATERO GÓMEZ

ANEXO

Provincia

Peso pieza

-

Gramos

Precio pieza

-

Pesetas

Álava

352

40

Albacete

330

36

Alicante

267

30

Almería

267

29

Ávila

315

34

Badajoz

238

26

Baleares

312

37

Barcelona

264

29

Burgos

315

34

Cáceres

332

36

Cádiz

308

34

Castellón

258

29

Ciudad Real

333

37

Córdoba

240

26

Coruña, La

296

33

Cuenca

284

31

Gerona

264

29

Granada

251

28

Guadalajara

289

32

Guipúzcoa

374

42

Huelva

268

30

Huesca

287

32

Jaén

168

18

León

315

34

Lérida

264

29

La Rioja

280

31

Lugo

296

33

Madrid

258

29

Málaga

281

31

Murcia

275

31

Navarra

226

25

Orense

351

39

Asturias

241

27

Palencia

315

34

Pontevedra

305

34

Salamanca

315

34

Cantabria

264

29

Segovia

315

34

Sevilla

354

40

Soria

315

34

Tarragona

264

29

Teruel

268

29

Toledo

298

33

Valencia

243

29

Valladolid

315

34

Vizcaya

329

38

Zamora

315

34

Zaragoza

260

30

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 24/07/1987
  • Fecha de publicación: 29/07/1987
  • Fecha de entrada en vigor: 30/07/1987
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el Real Decreto 1137/1984, de 28 de marzo (Ref. BOE-A-1984-13859).
Materias
  • Panaderías
  • Precios

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