NO HABIENDO VARIADO LAS CIRCUNSTANCIAS DEL COMERCIO INTERNACIONAL DE PEPINO FRESCO DE INVIERNO, ESTE MINISTERIO DE ECONOMIA Y HACIENDA, OIDO EL SECTOR INTERESADO, HA TENIDO A BIEN MODIFICAR LA ORDEN DE 31 DE JULIO DE 1986, DISPONIENDO LO SIGUIENTE:
PUNTO UNICO.SE MODIFICA LA ORDEN DE 31 DE JULIO DE 1986 POR LA QUE SE REGULA LA EXPORTACION DE PEPINO FRESCO DE INVIERNO EN LOS SIGUIENTES PUNTOS:
ULTIMO PARRAFO DE LA SECCION PRIMERA:
LAS SOLICITUDES DE INCLUSION DE NUEVAS PROVINCIAS SE TRAMITARAN HASTA EL 15 DE AGOSTO DEL AÑO EN CURSO, ANTE LA DIRECCION GENERAL DE COMERCIO EXTERIOR.
PARRAFO B) DEL PUNTO 3 DE LA SECCION SEGUNDA:
B) LAS BASES REGULADORAS APLICABLES A LA CAMPAÑA DE EXPORTACION.
DISPOSICIONES FINALES.
SEGUNDA:
SEGUNDA. LA COMISION CONSULTIVA SECTORIAL HABRA DE QUEDAR CONSTITUIDA ANTES DEL DIA 10 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO EN CURSO.
MADRID, 31 DE JULIO DE 1987.
SOLCHAGA CATALAN
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid