Advertidos errores en el texto del citado Real Decreto, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 183, de fecha 1 de agosto de 1987, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
En la página 23637, primera columna, 1, artículo 19, número dos, apartado primero, párrafo uno, tercera línea, donde dice: «aquirente», debe decir: «adquirente».
En la página 23637, primera columna, 1, artículo 19, número dos, apartado segundo, párrafo dos, segunda línea, donde dice: «instalaciones o montaje», debe decir: «instalación o montaje».
En la misma página y columna, 3, artículo 58, número uno, apartado primero, letra e), primera línea, donde dice: «Los vehículos tipo «jeep», por estar ...», debe decir: «Los vehículos tipo «jeep» que, por estar ...».
En la página 23637, segunda columna, 3, artículo 58, número uno, apartado primero, letra h), párrafo seis, tercera línea, donde dice: «contratos de arrendamiento, venta y asimilados», debe decir: «contratos de arrendamientos-venta y asimilados».
En la página 23638, segunda columna, 4, artículo 85, número uno, párrafo dos, primera y segunda líneas, donde dice: «año nautural en curso lleguen ...», debe decir: «año natural en curso, lleguen ...».
En la página 23639, segunda columna, 5, artículo 97, epígrafe 953.11, donde dice: «Servicios de fotografía con galería o estudios fotográfico abierto al público», debe decir: «Servicios de fotografía con galería o estudio fotográfico abierto al público».
En la página 23640, primera columna, 7, artículo 113, número tres, párrafo dos, primera y segunda líneas, donde dice: «con arreglo al modelo que se aprueba por el Ministerio de Economía y Hacienda», debe decir: «con arreglo al modelo que se apruebe por el Ministerio de Economía y Hacienda».
En la página 23640, primera columna, 8, artículo 135, apartado segundo, párrafo uno, segunda y tercera líneas, donde dice: «o a quienes tengan la condición de empresarios o profesionales», debe decir. «o a quienes no tengan la condición de empresarios o profesionales».
En la página 23640, primera columna, 8, artículo 135, apartado segundo, párrafo segundo, segunda y tercera líneas, donde dice: «que, teniendo la condición de comerciantes minoristas, según las normas», debe decir: «que, teniendo la condición de comerciantes minoristas según las normas».
En la página 23641, primera columna, II, artículo 176, número tres, cuarta y quinta líneas, donde dice: «Real Decreto 2361/1985, de 18 de diciembre», debe decir: «Real Decreto 2631/1985, de 18 de diciembre».
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