EL REAL DECRETO 59/1987, DE 16 DE ENERO, POR EL QUE SE MODIFICA EL REAL DECRETO 669/1984, DE 28 DE MARZO, SOBRE ESTRUCTURA Y FUNCIONES DE LOS ORGANOS DE LA SEGURIDAD DEL ESTADO, ESTABLECE QUE LA JUNTA DE GOBIERNO DEPENDERA DEL DIRECTOR GENERAL DE LA POLICIA, Y QUE SUS FUNCIONES Y COMPOSICION SE DETERMINARAN REGLAMENTARIAMENTE.
LA IMPORTANCIA DE LAS REFORMAS QUE ACTUALMENTE SE ESTAN LLEVANDO A CABO EN EL SENO DE LA POLICIA HACEN ESPECIALMENTE NECESARIO QUE SE PROCEDA AL DESARROLLO REGLAMENTARIO DE AQUELLA, CUYO FUNCIONAMIENTO APORTARA ADECUADOS CRITERIOS DE GESTION, DE MEDIOS Y DE PERSONAL, ASI COMO DE ACTUACION Y COORDINACION DE LA ORGANIZACION POLICIAL.
EN SU VIRTUD, PREVIA APROBACION DEL MINISTRO PARA LAS ADMINISTRACIONES PUBLICAS, HE TENIDO A BIEN DISPONER:
PRIMERO. FUNCIONES DE LA JUNTA DE GOBIERNO.
LA JUNTA DE GOBIERNO DE LA DIRECCION GENERAL DE LA POLICIA ES UN ORGANO COLEGIADO DEPENDIENTE DEL DIRECTOR GENERAL, CON LA MISION DE PRESTAR ASISTENCIA Y COLABORACION AL MISMO EN EL DESEMPEÑO DE SUS FUNCIONES.
CORRESPONDERA A LA JUNTA DE GOBIERNO LA EMISION DE INFORMES, RESPECTO A LOS ASUNTOS QUE EL DIRECTOR GENERAL ESTIME CONVENIENTE SOMETER A SU CONOCIMIENTO Y CONSIDERACION, EN LAS SIGUIENTES MATERIAS:
1. DEFINICION DE OBJETIVOS EN LAS DIFERENTES AREAS DE ACTUACION.
2. ELABORACION DE PROYECTOS, PLANES Y PROGRAMAS.
3. ELECCION DE INDICADORES PARA EL CONTROL Y VALORACION DE RESULTADOS.
4. ASIGNACION DE RECURSOS HUMANOS Y MEDIOS MATERIALES Y ECONOMICOS.
5. VALORACION DE CRITERIOS BASICOS PARA LA APLICACION DEL REGIMEN DE SELECCION, FORMACION Y PROMOCION DEL PERSONAL.
6. VALORACION DE CRITERIOS BASICOS EN MATERIA DE ESTIMULOS, RECOMPENSAS Y SANCIONES.
7. ADOPCION DE MEDIDAS PARA EL MANTENIMIENTO DE LA MORAL, PRESTIGIO Y BUENA IMAGEN PROFESIONAL DE LA POLICIA.
SEGUNDO. COMPOSICION DE LA JUNTA DE GOBIERNO.
LA JUNTA DE GOBIERNO DE LA DIRECCION GENERAL DE LA POLICIA ESTARA COMPUESTA POR LOS SIGUIENTES MIEMBROS:
PRESIDENTE: EL DIRECTOR GENERAL DE LA POLICIA.
VICEPRESIDENTES: SUBDIRECTOR GENERAL OPERATIVO, SUBDIRECTOR GENERAL DE GESTION, Y SUBDIRECTOR GENERAL DEL GABINETE TECNICO.
VOCALES: LOS TITULARES DE LAS COMISARIAS GENERALES Y DE LAS DIVISIONES DE GESTION.
SECRETARIO: EL JEFE DE LA DIVISION DE PERSONAL.
TERCERO. QUEDAN DEROGADAS CUANTAS DISPOSICIONES DE IGUAL O INFERIOR RANGO SE OPONGAN A LO DISPUESTO EN LA PRESENTE ORDEN, QUE ENTRARA EN VIGOR AL DIA SIGUIENTE AL DE SU PUBLICACION EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO>.
MADRID, 11 DE SEPTIEMBRE DE 1987.
BARRIONUEVO PEÑA
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid