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Documento BOE-A-1987-24867

Orden de 26 de octubre de 1987 de creación de la Comisión Ministerial de Retribuciones del Ministerio de Asuntos Exteriores.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 266, de 6 de noviembre de 1987, páginas 33239 a 33239 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Referencia:
BOE-A-1987-24867
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1987/10/26/(2)

TEXTO ORIGINAL

LA LEY 21/1986, DE 23 DE DICIEMBRE, DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA 1987, DEFINE EN SUS ARTICULOS 15, 22, 24 Y 26, ENTRE OTROS, UN NUEVO MARCO DE ATRIBUCION DE COMPETENCIAS EN MATERIA DE RELACIONES DE PUESTOS DE TRABAJO Y RETRIBUCIONES DE PERSONAL. EN SU DESARROLLO EL REAL DECRETO 469/1987, DE 3 DE ABRIL, CREA EN SU ARTICULO 2. EN CADA DEPARTAMENTO UNA COMISION MINISTERIAL DE RETRIBUCIONES, CUYA COMPOSICION DEBE SER DETERMINADA POR EL TITULAR DEL DEPARTAMENTO Y DE LA QUE SERAN MIEMBROS, EN TODO CASO, EL INTERVENTOR GENERAL Y EL JEFE DE LA OFICINA PRESUPUESTARIA.

EN VIRTUD DE ELLO Y PREVIA APROBACION DEL MINISTRO PARA LAS ADMINISTRACIONES PUBLICAS, HE DISPUESTO:

PRIMERO. LA COMISION DE RETRIBUCIONES DEL MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES TENDRA LA COMPOSICION SIGUIENTE:

PRESIDENTE: EL SUBSECRETARIO DEL DEPARTAMENTO. VICEPRESIDENTE: EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO EXTERIOR.

VOCALES: EL SECRETARIO GENERAL TECNICO, LOS DIRECTORES GENERALES DEL DEPARTAMENTO, LOS DIRECTORES DE LOS ORGANISMOS AUTONOMOS DEPENDIENTES DEL MINISTERIO, EL INTERVENTOR DELEGADO DE LA INTERVENCION GENERAL DE LA ADMINISTRACION DEL ESTADO Y EL JEFE DE LA OFICINA PRESUPUESTARIA.

SECRETARIO: EL SUBDIRECTOR GENERAL DE PERSONAL.

SEGUNDO. CORRESPONDE A LA COMISION MINISTERIAL DE RETRIBUCIONES EL EJERCICIO DE LAS SIGUIENTES FUNCIONES:

A) REMITIR A LA COMISION INTERMINISTERIAL DE RETRIBUCIONES Y A SU COMISION EJECUTIVA LAS PROPUESTAS QUE DEBEN SOMETERSE A LA CONSIDERACION DE LAS MISMAS, DE ACUERDO CON LO PREVISTO EN LOS APARTADOS 3 Y 4 DEL ARTICULO 1. DEL REAL DECRETO 469/1987, DE 3 DE ABRIL, Y RELATIVAS TANTO AL DEPARTAMENTO COMO A LOS ORGANISMOS AUTONOMOS Y ENTIDADES PUBLICAS DEPENDIENTES DEL MISMO.

B) ESTUDIO Y APROBACION, EN SU CASO, DE LAS PROPUESTAS DE GRATIFICACION AL PERSONAL ELABORADAS POR LOS CENTROS DIRECTIVOS DEL DEPARTAMENTO.

C) ELABORACION DE CRITERIOS GENERALES PARA LA APLICACION DEL COMPLEMENTO DE PRODUCTIVIDAD EN EL DEPARTAMENTO Y SUS ORGANISMOS AUTONOMOS.

TERCERO. BAJO LA DEPENDENCIA INMEDIATA DE LA COMISION MINISTERIAL DE RETRIBUCIONES SE CREA UNA COMISION EJECUTIVA CUYA COMPOSICION ES LA SIGUIENTE:

PRESIDENTE: EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO EXTERIOR.

VICEPRESIDENTE: EL SECRETARIO GENERAL TECNICO.

VOCALES: EL INTERVENTOR DELEGADO DELA INTERVENCION GENERAL DE LA ADMINISTRACION DEL ESTADO Y EL JEFE DE LA OFICINA PRESUPUESTARIA.

SECRETARIO: EL SUBDIRECTOR GENERAL DE PERSONAL.

CUARTO. LA COMISION MINISTERIALDE RETRIBUCIONES PODRA DELEGAR EL EJERCICIO DE SUS FUNCIONES CON CARACTER ORDINARIO EN LA COMISION EJECUTIVA.

QUINTO. LOS VOCALES SERAN SUSTITUIDOS DE ACUERDO CON LAS NORMAS REGLAMENTARIAS CORRESPONDIENTES, O EN OTRO CASO POR FUNCIONARIOS QUE DESEMPEÑEN PUESTOS DE TRABAJO CON NIVEL ORGANICO DE SUBDIRECTOR GENERAL O ASIMILADO. LA SUSTITUCION DEL INTERVENTOR DELEGADO CORRESPONDERA AL INTERVENTOR ADJUNTO Y LA DE SECRETARIO A UN JEFE DE SERVICIO DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE PERSONAL.

SEXTO. LA PRESENTE DISPOSICION ENTRARA EN VIGOR EL DIA SIGUIENTE AL DE SU PUBLICACION EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO>.

MADRID, 26 DE OCTUBRE DE 1987.

FERNANDEZ ORDOÑEZ

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 26/10/1987
  • Fecha de publicación: 06/11/1987
  • Fecha de entrada en vigor: 07/11/1987
  • Fecha de derogación: 05/06/2011
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA, por Real Decreto 776/2011, de 3 de junio (Ref. BOE-A-2011-9736).
Referencias anteriores
Materias
  • Comisiones de Retribuciones
  • Ministerio de Asuntos Exteriores
  • Organización de la Administración del Estado
  • Subsecretaría del Ministerio de Asuntos Exteriores

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