Advertidos errores materiales en el texto remitido del Real Decreto 2589/1985, de 9 de octubre, sobre ampliación de medios y servicios de la Administración del Estado traspasados a la Comunidad de Madrid en materia de asistencia y servicios sociales, procede establecer las oportunas correcciones:
En el «Boletín Oficial del Estado» número 11, de 13 de enero de 1986, en la página 1852, al final de la relación nominal de funcionarios debe añadirse: «Ferrer Hernández, María del Carmen. Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos. Número de Registro de Personal: T03G015A0050P. Situación administrativa: Activa (comisión de servicios). Retribuciones básicas: 1.271.564. Retribuciones complementarias: 639.360. Total anual: 1.910.924.
En la página 1857, Centro «Isabel Clara Eugenia» debe desaparecer la última línea referida a «Romanillos de Pedro, Mercedes», y añadir a continuación:
«2.4 Relación de vacantes de personal laboral del Convenio Colectivo del extinguido INAS e Integrado en el INSERSO por Real Decreto 530/1985, de 8 de abril, que se transfiere a la Comunidad de Madrid.
Localidad: Madrid. Hogar escolar. «Isabel Clara Eugenia».
Vacante: Personal de servicios domésticos. Retribuciones básicas: 705.250. Total anual: 705.250.»
En la misma página 1857, Centro Acacias, debe desaparecer la primera linea referida a «Zamora Alonso, Julián».
En la página 1858, después de la línea referida a «Rubio Jiménez, María Cortés», debe añadirse:
«2.4 Relación de vacantes de personal laboral del Convenio Colectivo del extinguido INAS e Integrado en el INSERSO por Real Decreto 530/1985, de 8 de abril, que se transfiere a la Comunidad de Madrid.
Localidad: Madrid. Centro: «Las Acacias».
Vacante: Director. Retribuciones básicas: 1.436.400. Total anual: 1.436.400.»
En la misma página 1858 debe desaparecer la línea referida a «Izquierdo Herrero, Ambrosio. Vigilante ...» y «la relación 2.4 de vacantes».
En la misma página 1858 debe añadirse al final del listado del Centro «Magerit»: «González López, Carmen. Peón especializado. Retribuciones básicas: 763.700. Total anual: 763.700».
En la página 1861, al final del listado de personal laboral del Centro «Gran Residencia de Ancianos» debe añadirse:
«Alamo Ruiz, Elías del (en situación de invalidez provisional). Oficial de primera. Retribuciones básicas: 861.350. Total anual: 861.530.»
En la misma página 1861, en relación 2.4 de vacantes, debe desaparecer la línea referida a: «Vacante. Oficial de primera. 861.350 ...».
En la página 1866, Centro «San José», en la primera línea, donde dice: «González Jiménez, Mercedes. Retribuciones complementarias: 22.000. Total anual: 814.050», debe decir: «Retribuciones complementarias: 177.584. Total anual: 969.634».
En la página 1872 debe desaparecer del Centro «Angel de la Guarda» la primera línea, referida a «Gil de la Cruz, Pablo».
En la página 1874, en la relación 2.4 del Centro «Angel de la Guarda», deben incluirse:
«Vacante: Director. Retribuciones básicas: 1.579.060. Retribuciones complementarias: 154.000. Total anual: 1.733.060.
Vacante: Médico. Retribuciones básicas: 1.436.400. Total anual: 1.436.400.»
En la misma página 1874 se debe de incluir después de la última línea de la relación de personal laboral del Centro «Angel de la Guarda»:
«2.1 Relación nominal de funcionarios CAEMP. «Angel de la Guarda 1».
Localidad: Madrid.
Ledesma Ramos, Dolores. Cuerpo General Auxiliar. Número de Registro de Personal: A03PG022538.
Retribuciones básicas: 663.516. Retribuciones complementarias: 291.060. Total anual: 954.576.
Gines Brotons, Ascensión. Auxiliar. Número de Registro de Personal: A03PG022362. Retribuciones básicas: 643.048. Retribuciones complementarias: 283.860. Total anual: 926.908.»
En el «Boletín Oficial del Estado» número 12, de 14 de enero de 1986, en la página 1951, en la relación 2.4 de vacantes, debe incluirse:
«Vacante: Administrador. Retribuciones básicas: 1.185.100. Total anual: 1.185.100.»
En la página 1954, en la relación de vacantes de la Guardería Infantil de «Torrejón de Ardoz», debe incluirse:
«Vacante: Oficial Administrativo. Retribuciones básicas: 861.350. Total anual: 861.350.»
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