Advertidos errores en el texto de la mencionada Orden, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 261, de fecha 31 de octubre de 1986, páginas 36398 a 36430, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
Artículo 57. En el número 2.1, línea tercera, donde dice: «compete», debe decir: «competente».
Artículo 60. En el número 4, línea tercera, donde dice: «personas», debe decir: «prestaciones».
Artículo 64. En el número 1.1, líneas cuarta y quinta donde dice: «los documentos para su identificación», debe decir: «los documentos necesarios para su identificación».
Artículo 72. En el número 4, párrafo segundo, línea quinta, donde dice: «sujeto responsable de la», debe decir: «sujeto responsable por la».
Artículo 83. En el número 5, línea segunda, donde dice: «76,3 y 77,4», debe decir: «76.3 y 77.4».
Artículo 87. En el número 1, línea cuarta, donde dice: «aunque su», debe decir: «mientras la».
En el número 2, línea novena, donde dice: «en igual orden o como figuren», debe decir: «en igual orden a como figuren».
Artículo 110. En el número 8, párrafo segundo, línea tercera, donde dice: «articulo 111 del Código Civil», debe decir: «Artículo 1.111 del Código Civil».
Artículo 111. En el número 1.1. líneas segunda y tercera, donde dice: «al que no extienda», debe decir: «al que no se extienda».
Artículo 112. En el número 3.2 línea cuarta, donde dice: «Corredor habilitado», debe decir: «Corredor de comercio habilitado».
Disposición Adicional Segunda.-En el número 1, líneas cuarta y quinta, donde dice: «párrafo segundo del apartado 2», debe decir: «párrafo segundo del apartado 3».
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