EL REAL DECRETO 2169/1984, DE 28 DE NOVIEMBRE, ATRIBUYE COMPETENCIAS EN MATERIA DE PERSONAL, EN DESARROLLO DE LA LEY 30/1984, DE 2 DE AGOSTO, DE MEDIDAS PARA LA REFORMA DE LA FUNCION PUBLICA.
EN SUS ARTICULOS 8. , 10, 11 Y 12 SEÑALA LAS QUE SERAN EJERCIDAS O CORRESPONDEN A LOS SUBSECRETARIOS DE LOS MINISTERIOS EN RELACION CON DETERMINADOS FUNCIONARIOS Y PERSONAL SUJETO AL DERECHO LABORAL.
RAZONES DE AGILIDAD ADMINISTRATIVA ACONSEJAN DELEGAR PARTE DE ESAS FUNCIONES, EN LO QUE A LA SUBSECRETARIA DE ESTE MINISTERIO SE REFIERE, EN DETERMINADOS ORGANOS DEL DEPARTAMENTO, HACIENDO USO DE LA FACULTAD CONFERIDA EN EL ARTICULO 22.3 Y DEMAS PRECEPTOS CONCORDANTES DE LA LEY DE REGIMEN JURIDICO DE LA ADMINISTRACION DEL ESTADO, DE 26 DE JULIO DE 1957.
EN SU VIRTUD, ESTA SUBSECRETARIA, PREVIA APROBACION DEL MINISTERIO DEL INTERIOR, DE ACUERDO CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 22, APARTADO 4, DE LA LEY DE REGIMEN JURIDICO DE LA ADMINISTRACION DEL ESTADO, HA TENIDO A BIEN DISPONER:
PRIMERO. SE DELEGAN EN LA DIRECTORA GENERAL DE TRAFICO RESPECTO DEL PERSONAL ADSCRITO A DICHO ORGANISMO AUTONOMO Y EN EL SUBDIRECTOR GENERAL DE PERSONAL EN CUANTO AL RESTO DEL PERSONAL DEL DEPARTAMENTO LAS SIGUIENTES COMPETENCIAS, ATRIBUIDAS AL SUBSECRETARIO DEL MINISTERIO POR EL REAL DECRETO 2169/1984, DE 28 DE NOVIEMBRE, DE ATRIBUCION DE COMPETENCIAS EN MATERIA DE PERSONAL.
A) EN RELACION CON EL ARTICULO 8. DE LA CITADA DISPOSICION:
A) CONCESION DE EXCEDENCIAS VOLUNTARIAS POR INTERES PARTICULAR Y DE JUBILACIONES VOLUNTARIAS.
B) EN RELACION CON EL ARTICULO 10 DE LA CITADA DISPOSICION:
A) RECONOCER LA ADQUISICION Y CAMBIO DE GRADOS PERSONALES.
B) LA DECLARACION DE LAS SITUACIONES DE SERVICIOS ESPECIALES Y DE SERVICIO EN LAS COMUNIDADES AUTONOMAS.
C) LA ADSCRIPCION PROVISIONAL, EN COMISION DE SERVICIOS, A PUESTOS DE TRABAJO QUE SUPONGAN CAMBIO DE LOCALIDAD.
D) AUTORIZAR LA ASISTENCIA A CURSOS DE SELECCION, FORMACION Y PERFECCIONAMIENTO.
E) TODOS AQUELLOS ACTOS DE ADMINISTRACION Y GESTION ORDINARIA DE PERSONAL QUE NO FIGUREN ATRIBUIDOS A OTROS ORGANOS EN EL REAL DECRETO 2169/1984, DE 28 DE NOVIEMBRE, DE REFERENCIA.
C) EN RELACION CON EL ARTICULO 11, Y REFERIDO A LOS FUNCIONARIOS DESTINADOS EN LOS SERVICIOS CENTRALES DEL DEPARTAMENTO O DEL ORGANISMO AUTONOMO:
A) LA ADSCRIPCION PROVISIONAL, EN COMISION DE SERVICIOS, A PUESTOS DE TRABAJO POR TIEMPO INFERIOR A SEIS MESES Y QUE NO SUPONGAN CAMBIO DE MINISTERIO O LOCALIDAD.
B) DAR POSESION Y CESE A LOS FUNCIONARIOS EN LOS PUESTOS DE TRABAJO DE QUE SEAN DESTINADOS.
C) DECLARAR LAS JUBILACIONES FORZOSAS Y POR INCAPACIDAD FISICA.
D) LA CONCESION DE PERMISOS Y LICENCIAS.
E) EL RECONOCIMIENTO DE TRIENIOS.
F) LA CONCESION DE EXCEDENCIAS VOLUNTARIAS CUANDO NO SEA POR INTERES PARTICULAR.
D) EN RELACION CON EL ARTICULO 12, Y REFERIDO AL PERSONAL SUJETO A DERECHO LABORAL QUE PRESTA SUS FUNCIONES EN LOS SERVICIOS CENTRALES O PROVINCIALES DEL MISMO, TODAS AQUELLAS COMPETENCIAS QUE NO ESTEN ATRIBUIDAS AL MINISTERIO PARA LAS ADMINISTRACIONES PUBLICAS.
SEGUNDO.
ESTAS DELEGACIONES DE ATRIBUCIONES SERAN REVOCABLES EN CUALQUIER MOMENTO.
TERCERO. EN LAS RESOLUCIONES QUE SE ADOPTEN EN VIRTUD DE LAS PRESENTES DELEGACIONES, SE HARA CONSTAR EXPRESAMENTE ESTA CIRCUNSTANCIA.
CUARTO. LA PRESENTE RESOLUCION ENTRARA EN VIGOR EL DIA SIGUIENTE AL DE SU PUBLICACION EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO>, QUEDANDO DEROGADA LA RESOLUCION DE ESTA SUBSECRETARIA DE 18 DE FEBRERO DE 1985 (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> DE 4 DE MARZO).
LO QUE COMUNICO A VV. II. PARA SU CONOCIMIENTO Y EFECTOS.
MADRID, 26 DE MAYO DE 1988. EL SUBSECRETARIO, JOSE LUIS MARTIN PALACIN.
ILMOS. SRES. DIRECTORES GENERALES DEL DEPARTAMENTO, DIRECTORA GENERAL DE TRAFICO, SECRETARIO GENERAL TECNICO Y SUBDIRECTOR GENERAL DE PERSONAL.
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