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Documento BOE-A-1988-16872

Resolución de 30 de junio de 1988, del Congreso de los Diputados, por la que se ordena la publicación del acuerdo de convalidación del Real Decreto-ley 4/1988, por el que se modifica el régimen de distancias mínimas entre estaciones de servicio.

Publicado en:
«BOE» núm. 162, de 7 de julio de 1988, páginas 21025 a 21025 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Cortes Generales
Referencia:
BOE-A-1988-16872
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1988/06/30/(1)

TEXTO ORIGINAL

DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 86.2 DE LA CONSTITUCION, EL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS, EN SU SESION DEL DIA DE HOY, ACORDO CONVALIDAR EL REAL DECRETO-LEY 4/1988, DE 24 DE JUNIO, POR EL QUE SE MODIFICA EL REGIMEN DE DISTANCIAS MINIMAS ENTRE ESTACIONES DE SERVICIO, NUMERO DE EXPEDIENTE 130/000012.

SE ORDENA LA PUBLICACION PARA GENERAL CONOCIMIENTO.

PALACIO DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS, 30 DE JUNIO DE 1988. EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS, FELIX PONS IRAZAZABAL.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 30/06/1988
  • Fecha de publicación: 07/07/1988
Referencias anteriores
  • PUBLICA la Convalidación del Real Decreto-ley 4/1988, de 24 de junio (Ref. BOE-A-1988-16025).
Materias
  • Carburantes y combustibles
  • Estaciones de servicio
  • Hidrocarburos
  • Productos petrolíferos
  • Surtidores de combustible

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