El Tribunal Constitucional, por auto de 5 julio actual, ha acordado mantener la suspensión de los preceptos impugnados en el recurso de inconstitucionalidad número 544/88, promovido por el Presidente del Gobierno contra las palabras «5 por ciento» del artículo 12, primer párrafo; contra el cuadro de cifras de sueldo y trienios contenido en el artículo 13.1, a), y contra la letra b) y los dos últimos párrafos de la letra d) del mismo artículo 13.1 de la Ley de la Asamblea de Madrid, 4/1987, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 1988, cuya suspensión se dispuso por providencia de 7 de abril pasado al haber invocado el Presidente del Gobierno el artículo 161.2 de la Constitución.
Lo que se publica para general conocimiento.
Madrid, 5 de julio de 1988.-El Presidente del Tribunal Constitucional, Francisco Tomás y Valiente.-Firmado y rubricado.
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