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Documento BOE-A-1988-18955

Orden de 19 de julio de 1988 sobre detección de triquina en las carnes de animales domésticos de la especie porcina destinadas al comercio intracomunitario y las importadas de terceros países.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 183, de 1 de agosto de 1988, páginas 23675 a 23677 (3 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Consumo
Referencia:
BOE-A-1988-18955
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1988/07/19/(1)

TEXTO ORIGINAL

EL REAL DECRETO 1728/1987, DE 23 DE DICIEMBRE, QUE APROBO LAS NORMAS TECNICO-SANITARIAS, QUE REGULAN LAS PRESCRIPCIONES EXIGIBLES PARA EL COMERCIO INTRACOMUNITARIO E IMPORTACION DE TERCEROS PAISES DE CARNES FRESCAS, ASI COMO LAS QUE DEBEN REUNIR LOS MATADEROS, SALAS DE DESPIECE Y ALMACENES FRIGORIFICOS AUTORIZADOS PARA DICHO COMERCIO, EN EL PUNTO 4.3 DE LA NORMA XVII FACULTA PARA DETERMINAR POR ORDEN LOS METODOS DE DETECCION DE TRIQUINAS EN LAS CARNES FRESCAS DE ANIMALES DOMESTICOS DE LA ESPECIE PORCINA.

EN SU VIRTUD, PREVIO INFORME DE LA COMISION INTERMINISTERIAL PARA LA ORDENACION ALIMENTARIA, AL AMPARO DE LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 38.2 DE LA LEY 14/1986, GENERAL DE SANIDAD, Y EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL REAL DECRETO 1418/1986, DE 13 DE JUNIO, Y DISPOSICION FINAL PRIMERA DEL REAL DECRETO 1728/1986, DE 23 DE DICIEMBRE, TENGO A BIEN DISPONER:

PRIMERO. LAS CARNES FRESCAS PROCEDENTES DE ANIMALES DOMESTICOS DE LA ESPECIE PORCINA DESTINADAS AL COMERCIO INTRACOMUNITARIO, DEBERAN SOMETERSE EN SU ESTRUCTURA DE MUSCULOS ESTRIADOS A UNA INVESTIGACION DE TRIQUINAS EN EL MATADERO DE ORIGEN, CONFORME A UNO DE LOS METODOS QUE SE PUBLICAN EN EL ANEXO DE LA PRESENTE DISPOSICION.

SEGUNDO.

LAS CARNES FRESCAS A LAS QUE SE REFIERE EL PUNTO 1. , PROCEDENTES DE TERCEROS PAISES, ADMITIDAS A LA IMPORTACION EN ESPAÑA, DEBERAN HABER SIDO SOMETIDAS EN EL MATADERO DE ORIGEN A UNA INVESTIGACION DE TRIQUINAS CON ARREGLO A ALGUNO DE LOS METODOS ESPECIFICADOS EN EL ANEXO.

TERCERO. LA PRESENTE ORDEN ENTRARA EN VIGOR AL DIA SIGUIENTE DE SU PUBLICACION EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO>.

MADRID, 19 DE JULIO DE 1988.

GARCIA VARGAS

ILMOS. SRES. SUBSECRETARIO DE SANIDAD Y CONSUMO Y DIRECTOR GENERAL DE SALUD ALIMENTARIA Y PROTECCION DE LOS CONSUMIDORES.

ANEXO

1. EXAMEN TRIQUINOSCOPICO

A) INSTRUMENTAL.

TRIQUINOSCOPIO DE LAMPARA INCANDESCENTE QUE PERMITA UN AUMENTO DE 50 Y 80 A 100 VECES.

PLACA COMPRESORA: FORMADA POR DOS PLAQUETAS DE VIDRIO QUE PUEDAN COMPRIMIRSE UNA CONTRA OTRA, UNA DE LAS CUALES ESTARA DIVIDIDA EN ZONAS IGUALES; UNAS TIJERAS PEQUEÑAS CURVAS; UNA PINZA PEQUEÑA; UN CUCHILLO PARA CORTAS LAS MUESTRAS; PEQUEÑOS RECIPIENTES NUMERADOS DESTINADOS A RECOBER LAS MUESTRAS; UN CUENTAGOTAS; UN VASO QUE CONTENGA ACIDO ACETICO Y OTRO QUE CONTENGA UNA SOLUCION DE POTASA CAUSTICA PARA ACLARAR EN CASO DE POSIBLE CALCIFICACION O PAR ABLANDAR LA CARNE SECA.

B) TOMA DE MUESTRAS.

CUANDO LA CANAL SEA ENTERA, DEBERA TOMARSE, POR LO MENOS, UNA MUESTRA DEL GROSOR DE UNA AVELLANA, DE CADA UNO DE LOS PILARES DEL DIAFRAGMA EN LA ZONA DE TRANSICION ENTRE LA PARTE MUSCULAR Y LA PARTE TENDINOSA.

CUANDO UNICAMENTE SE DISPONGA DE UN PILAR DEL DIAFRAGMA, HABRA QUE TOMAR DE EL UNA MUESTRA QUE TENGA UN GROSOR DOBLE QUE EL DE UNA AVELLANA. A FALTA DE AMBOS PILARES DEL DIAFRAGMA, HABRA QUE TOMAR DOS MUESTRAS, DEL GROSOR APROXIMADO DE UNA AVELLANA, DE LAPARTE DEL DIAFRAGMA SITUADA CERCA DE LAS COSTILLAS O DEL ESTERNON O DE LA MUSCULATURA DE LA LENGUA O DE LOS MUSCULOS MASTICADORES O, INCLUSO, DE LOS MUSCULOS ABDOMINALES.

PARA LOS TROZOS DE CARNE: DE CADA TROZO, TRES MUESTRAS DE MUSCULOS ESQUELETICOS, QUE CONTENGAN POCA GRASA, SI ES POSIBLE, DEL TAMAÑO DE UNA AVELLANA, Y TOMADAS EN PUNTOS DIFERENTES, EN LA MEDIDA DE LO POSIBLE, CERCA DE LOS HUESOS O DE LOS TENDONES.

C) MODO DE OPERAR.

DE CADA UNA DE LAS MUESTRAS TOMADAS DE CANALES ENTERAS, ANTERIORMENTE DESCRITAS, EL VETERINARIODEBERA CORTAR, EN CASO DE QUE SE DISPONGA DE AMBOS PILARES DEL DIAFRAGMA, SIETE FRAGMENTOS DEL TAMAÑO DE UN GRANO DE AVENA, ES DECIR, CATORCE FRAGMENTOS EN TOTAL Y, EN CASO DE QUE SE CUENTE UNICAMENTE CON UNO DE LOS PILARES DEL DIAFRAGAMA, CATORCE FRAGMENTOS, EN DIFERENTES LUGARES Y, SI ES POSIBLE, EN LA ZONA INTERMEDIA ENTRE MUSCULO Y TENDON, Y COMPRIMIRLOS ENTRE LA PLACA COMPRESORA, DE FORMA QUE PUEDA LEERSE FACILMENTE, A TRAVES DE LA PREPARACIONES, LOS CARACTERES DE IMPRENTA NORMALES.

CUANDO LA CARNE DE LOS TROZOS QUE VAYA A EXAMINARSE ESTE SECA Y ENVEJECIDA, LAS PREPARACIONES DEBERAN EMPAPARSE, DURANTE DIEZ A VEINTE MINUTOS, EN UNA SOLUCION DE POTASA DILUIDA EN DOS VOLUMENES DE AGUA ANTES DE COMPRIMIRLOS.

CUANDO, EN EL CASO DE LAS CANALES ENTERAS, LAS MUESTRAS PROCEDAN DE LA PARTE DEL DIAFRAGMA SITUADA CERCA DE LAS COSTILLAS O DEL ESTERNON, DE LA MUSCULATURA DE LA LENGUA O DE LOS MUSCULOS MASTICADORES O, INCLUSO, DE LOS MUSCULOS ABDOMINALES, DEBERAN CORTARSE CATORCE FRAGMENTOS, DEL TAMAÑO DE UN GRANO DE AVENA, DE CADA MUESTRA, ES DECIR, VEINTIOCHO FRAGMENTOS EN TOTAL. DE CADA UNA DE LA SMUESTRAS TOMADAS DE LOS TROZOS DE CARNE, EL VETERINARIO DEBERA CORTAR CUATRO FRAGMENTOS, DEL TAMAÑO DE UN GRANO DE AVENA, ES DECIR, DOCE FRAGMENTOS EN TOTAL.

EL EXAMEN EN EL TRIQUINOSCOPIO, DEBERA HACERSE DE MODO QUE CADA PREPARADO SEA EXAMINADO LENTA Y CUIDADOSAMENTE. CUANDO, DURANTE EL EXAMEN TRIQUINOSCOPICO, SE DETECTEN LUGARES SOSPECHOSOS CUYA NATURALEZA NO PUEDA DETERMINARSE CON CERTEZA, NI SIQUIERA CON AYUDA DEL MAYOR AUMENTO DEL TRIQUINOSCOPIO, DEBERA PROCEDERSE A UN EXAMEN POSTERIOR CON AYUDA DEL MICROSCOPIO.

EL EXAMEN MICROSCOPICO DEBERA HACERSE DE MODO QUE CADA PREPARACION SEA EXAMINADA, LENTA Y CUIDADOSAMENTE, CON UN AUMENTO DE 30 A 40 VECES.

EN CASO DE DUDA, DEBERA PERSEGUIRSE EL EXAMEN CON OTRAS MUESTRAS Y PREPARADOS, SI ES NECESARIO, CON AUMENTOS SUPERIORES, HASTA QUE SE OBTENGAN LAS PRECISIONES DESEADAS. EL EXAMEN TRIQUINOSCOPICO DEBERA DURAR, POR LO MENOS, TRES MINUTOS.

EN CASO DE QUE SE UTILICEN MUESTRAS DE RESERVA PROCEDENTES DE LA PARTE DEL DIAFRAGMA SITUADA CERCA DELAS COSTILLAS O DEL ESTERNON, DE LA MUSCULAURA DE LA LENGUA O DE LOS MUSUCULOS MASTICADORES O DE LOS MUSCULOS ABDOMINALES, EL EXAMEN TRIQUINOSCOPICO DEBERA DURAR, POR LO MENOS, SEIS MINUTOS.

EL TIEMPO MINIMO ESTABLECIDO PARA EL EXAMEN NO INCLUYE EL TIEMPO NECESARIO PARA LA TOMA DE LAS MUESTAS NI PARA LA CONFECCION DE LAS PREPARACIONES.

EN GENERAL, UN VETERINARIO NO DEBERIA EXAMINAR EN EL TRIQUINOSCOPIO MAS DE 840 FRAGMENTOS POR DIA, PUDIENDO NO OBSTANTE ELEVARSE, EXCEPCIONALMENTE, DICHO NUMERO A 1.050.

II. METODO DE LA DIGESTION ARTIFICIAL

A) INSTRUMENTAL Y MATERIAL.

CUCHILLO PARA LA TOMA DE MUESTRAS.

PEQUEÑOS RECIPIENTES NUMERADOS QUE PUEDAN SER CERRADOS PARA LA CONSERVACION DE LAS MUESTRAS, EN SU CASO, HASTA LA REPETICION DE LOS EXAMENES.

ESTUFA.

EMBUDO DE VIDRIO, DE DOS A TRES LITROS, CON SOPORTE Y TUBO DE CONEXION DE CAUCHO, PINZAS PARA SEPARAR EL TUBO DE CONEXION.

TAMIZ DE PLASTICO (DIAMETRO DE 18 CENTIMETROS APROXIMADAMENTE, MALLAS DE 1 MILIMETRO APROXIMADAMENTE).

CEDAZO.

TUBO PUNTIAGUDO DE PUNTA SOLDADA.

CUBETA.

PICADORA DE CARNE.

ESTEREOMICROSCOPIO (AUMENTO DE 15 A 40 VECES) QUE DISPONGA DE UNA ILUMINACION ADECUADA.

LIQUIDO DE DIGESTION COMPUESTO DE LA SIGUIENTE MANERA: 10 GREAMOS DE PEPSINA (80 U/G FIP (FEDERACION INTERNACIONAL DE FARMACIA), 5 ML DE HCI (37 POR 100, POR LO MENOS), LLEVAR A UN LITRO CON AGUA CORRIENTE).

B) TOMA DE MUESTRAS.

1. CUANDO LAS CANALES SEAN ENTERAS, TOMAR UNA MUESTRA DE 20 GRAMOS, POR LO MENOS, EN UNO DE LOS PILARES DEL DIAFRAGMA, EN LA ZONA DE TRANSICION ENTRE LA PARTE MUSCULAR Y LA PARTE TENDINOSA; CUANDO NO SE DISPONGA DEL PILAR DEL DIAFRAGMA, TOMAR LA MISMA CANTIDAD QUE LA PARTE DEL DIAFRAGMA SITUADA CERCA DE LAS COSTILLAS O DEL ESTERNON O DE LA MUSCULATURA DE LA LENGUA O DE LOS MUSCULOS MASTICADORES, O INCLUSO, DE LA MUSCULATURA ABDOMINAL.

2. PARA LOS TROZOS DE CARNE, TOMAR UNA MUESTRA DE 20 GRAMOS, POR LO MENOS, DE LOS MUSCULOS ESQUELETICOS, QUE CONTENGA POCA GRASA Y, EN LA MEDIDA DE LO POSIBLE, CERCA DE LOS HUESOS O DE LOS TENDONES.

C) METODO.

PARA EL EXAMEN DE UNA MUESTRA COLECTIVA PROCEDENTE DE 10 CERDOS, SE TOMARA UNA MUESTRA QUE PESE 10 GRAMOS, DE CADA MUESTRA INDIVIDUAL (20 GRAMOS). LOS 10 GRAMOS RESTANTES SE CONSERVARAN PARA UN EXAMEN INDIVIDUAL QUE PUDIERA SER NECESARIO.

SE REUNIRAN 10 MUESTRAS, DE 10 GRAMOS CADA UNA, EN UNA MUESTRA COLECTIVA; SE TRITURARAN POR MEDIO DE UNA PICADORA DE CARNE (DIAMETRO DE LOS AGUJETROS: 2 MILIMETROS) Y SE COLOCARAN, SIN APLASTAR, EN EL TAMIZ PROVISTO DE UN CEDAZO. SE SUSPENDERA ENTONCES EL TAMIZ EN UN EMBUDO, UNIDO POR UN TROZO DE TUBO DE CAUCHO, A UN TUBO PUNTIAGUDO DE PUNTA SOLDADA; SE LLENARA EL EMBUDO CON EL LIQUIDO DE DIGESTION HASTA QUE EL MATERIAL DE ANALISIS ESTE COMPLETAMENTE RECUBIERTO. LA RELACION MATERIAL DE ANALISIS/LIQUIDO DE DIGESTION DEBERA SER DE 1/20 A 1/30, APROXIMADAMENTE.

DESPUES DE UNA INCUBACION DE 18 A 20 HORAS, A UNA TEMPERATURA DE 30 A 39 C, SE SEPARARA EL TUBO PUNTUAGUDO. ELIMINAR CON PRECAUCION EL LIQUIDO QUE SOBRENADE EN DICHO TUBO Y RECOGER EN UNA CAPSULA EL SEDIMENTO, QUE SERA CUIDADOSAMENTE ACLARADO. BUSCAR LA PRESENCIA DE TRIQUINAS CON AYUDA DEL ESTEREOMICROSCOPIO, CON UN AUMENTO DE 20 A 40 VECES.

EN CASO DE RESULTADO POSITIVO O DUDOS DEL ANALISIS DE UNA MUESTRA COLECTIVA, ANALIZAR INDIVIDUALMENTE LAS MUESTRAS RESTANTES, A LAS QUE SE AÑADIRAN 20 GRAMOS, TOMADOS DE CADA CERDO, O, EN CASO DE QUE SE TRATE DE TROZOS DE CARNE, 20 GRAMOS TOMADOS DE CADA TROZO, CON ARREGLO A LA LETRA B).

III. METODO DE LA DIGESTION ARTIFICIAL DE MUESTRAS COLECTIVAS

A) INSTRUMENTAL Y REACTIVOS.

UN CUCHILLO Y PINZAS PARA LA TOMA DE MUESTRAS.

UNA MAQUINA DE PICAR CARNE, CUYOS AGUJEROS DEBERAN TENER UN DIAMETRO COMPRENDIDO ENTRE 2 Y 3 MILIMETROS.

UN MATRAZ <ERLENMEYER> DE 3 LITROS, PROVISTO DE UN TAPON DE GOMA O DE GUADA.

UN EMBUDO CONICO DE SEPARACION, DE UNA CAPACIDAD DE 2.000 MILILITROS.

UN SOPORTE NORMAL, CON EL PIE EN FORMA DE A, DE 28 CENTIMETROS DE LONGITUD, PROVISTO DE UNA VARILLA DE 80 CENTIMETROS.

UN ANILLO DE 10 A 11 CENTIMETROS, QUE PUEDA FIJARSE AL SOPORTE.

UNA PINZA PROVISTA DE UNA MORDAZA PLANA (23/40 MILIMETROS), QUE PUEDA SUJETARSE AL SOPORTE MEDIANTE UN MANGUITO DOBLE.

UN TAMIZ (FINURA DE LA MALLA:

177 U), DE UN DIAMETRO EXTERIOR DE 11 CENTIMETROS, PROVISTO DE UNA REJILLA DE LATON O DE ACERO INOXIDABLE.

UN EMBUDO DE UN DIAMETRO INTERIOR, MINIMO DE 12 CENTIMETROS.

PROBETAS GRADUADAS DE 100 MILILITROS.

UN ESTEREOMICROSCOPIO (AUMENTO DE 15 A 40 VECES), QUE DISPONGA DE UNA ILUMINACION ADECUADA, O UN TRIQUINOSCOPIO PROVISTO DE UNA TABLA HORIZONTAL PARA EL COMPRESOR, QUE DISPONGA DE UNA ILUMINACION ADECUADA.

EN CASO DE UTILIZACION DEL TRIQUINOSCOPIO: UNA CUBETA PARA EL COMPUTO DE LARVAS, QUE SE PODRA DESCRIBIR DE LA SIGUIENTE MANERA:

UNA CUBETA FORMADA POR PLACAS ACRILICAS DE UN ESPESOR DE 3 MILIMETROS Y QUE REUNA LAS SIGUIENTES CARACTERISTICAS:

I) FONDO DE UNA CUBETA: 180 X 40 MILIMETROS, DIVIDIDO EN CUADRADOS;

II) PLACAS LATERALES: 230 X 20 MILIMETROS;

III) PLACAS FRONTALES: 40 X 20 MILIMETROS.

EL FONDO Y LAS PLACAS FRONTALES DEBERAN ESTAR FIJOS ENTRE LAS PLACAS LATERALES, DE MANERA QUE FORMEN UNA CUBETA PROVISTA DE DOS PEQUEÑAS ASAS EN LOS DOS EXTREMOS. LA PARTE SUPERIOR DEL FONDO DEBERA ESTAR ENTRE 7 Y 9 MILIMETROS MAS ELEVADA CON RELACION A LA BASE DEL CUADRADO FORMADO POR LAS PLACAS LATERALES Y FRONTALES. LAS PLACAS DEBERAN FIJARSE MEDIANTE UNA COLA ADECUADA AL MATERIAL.

EN CASO DE UTILIZACION DEL ESTEREOMICROSCOPIO, UNA SERIE DE PLACAS DE PETRI, DE UN DIAMETRO DE 9 CENTIMETROS, CUYO FONDO ESTE DIVIDIDO EN CUADRADOS DE EXAMEN DE 10 X 10 MILIMETROS, MEDIANTE UN INSTRUMENTO PUNTIAGUDO.

VARIOS CUBOS DE 10 LITROS QUE SE UTILIZARAN EN EL MOMENTO DE LA DESCONTAMINACION DE LOS INSTRUMENTOS, MEDIANTE UN TRATAMIENTO COMO EL FORMOL, Y PARA EL JUGO DIGESTIVO QUE QUEDE, EN CASO DE RESULTADO POSITIVO.

ACIDO CLORHIDRIDO CONCENTRADO (37 POR 100).

CONCENTRACION DE PEPSINA: 1: 10.000 NF (US NATIONAL FORMULARY), CORRESPONDIENTE A 1:

12.500 BP (BRISTISH PHARMACOPIEA), CORRESPONDIENTE A 2.000 FIP (FEDERACION INTERNACIONAL DE FARMACIA).

UN NUMERO DE BANDEJAS QUE PUEDAN CONTENER 50 MUESTRAS, DE APROXIMADAMENTE, 2 GRAMOS CADA UNA.

UNA BALANZA DE PRECISION DE 0,1 GRAMO.

B) TOMA DE MUESTRAS.

1. CUANDO LAS CANALES SEAN ENTERAS, TOMAR UNA MUESTRA, DE APROXIMADAMENTE 2 GRAMOS, EN UNO DE LOS PILARES DEL DIAFRAGMA, EN LA ZONA DE TRANSICION ENTRE LA PARTE MUSCULAR Y LA PARTE TENDINOSA; SI NO HUBIERE PILAR DEL DIAFRAGAMA, TOMAR LA MISMA CANTIDAD EN LA PARTE DEL DIAFRAGMA SITUADA CERCA DE LAS COSTILLAS O DEL ESTERNON O EN LA MUSCULATURA DE LA LENGUA, O EN LOS MUSCULOS MASTICADORES, O TAMBIEN EN LA MUSCULATURA ABDOMINAL.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 19/07/1988
  • Fecha de publicación: 01/08/1988
  • Fecha de entrada en vigor: 02/08/1988
  • Fecha de derogación: 05/10/1989
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • la disposición final primera del Real Decreto 1728/1987, de 23 de diciembre (Ref. BOE-A-1988-301).
    • el Real Decreto 1418/1986, de 13 de junio (Ref. BOE-A-1986-18374).
    • el art. 38.2 de la Ley 14/1986, de 25 de abril (Ref. BOE-A-1986-10499).
Materias
  • Análisis
  • Carnes
  • Comercio
  • Ganado porcino
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  • Mataderos
  • Reglamentaciones técnico sanitarias
  • Sanidad veterinaria

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