EL ARTICULO 5, 1, A), DE LA LEY 34/1987, DE 26 DE DICIEMBRE (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> DEL 30), DE POTESTAD SANCIONADORA DE LA ADMINISTRACION PUBLICA EN MATERIA DE JUEGOS DE SUERTE, ENVITE O AZAR, ATRIBUYE A LA COMISION NACIONAL DEL JUEGO LA COMPETENCIA PARA SANCIONAR LAS INFRACCIONES ADMINISTRATIVAS CALIFICADAS COMO GUY GRAVES CON MULTAS DE HASTA 15.000.000 DE PESETAS Y, ADEMAS, PARA SUSPENDER LAS AUTORIZACIONES CONCEDIDAS, CERRAR LOS LOCALES DONDE SE JUEGUE O INHABILITARLOS PARA TAL ACTIVIDAD, POR UN PERIODO MAXIMO DE TRES AÑOS.
LA DISPOSICION ADICIONAL CUARTA DE LA REFERENCIADA LEY FACULTA A LA COMISION NACIONAL DEL JUEGO PARA ATRIBUIR A SU PRESIDENTE Y SECRETARIO, CON LA AMPLITUD QUE PARA CADA UNO DE ELLOS SE ESTIMO CONVENIENTE, MEDIANTE RESOLUCION, LAS COMPETENCIAS QUE EN DICHA MATERIA LA LEY LE OTORGA.
EN BASE A ELLO, LA COMISION NACIONAL DEL JUEGO RESOLVIO CON FECHA 25 DE ENERO DE 1988 (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> DE 9 DE FEBRERO), ATRIBUIR AL PRESIDENTE Y SECRETARIO DE LA MISMA LA FACULTAD DE RESOLVER AQUELLOS EXPEDIENTES ADMINISTRATIVOS DE CARACTER SANCIONADOR QUE RECONOCE EL ARTICULO 5 DE LA LEY 34/1987, DE 26 DE DICIEMBRE, CON LA AMPLITUD ALLI RECOGIDA, ASI COMO IGUALMENTE, LA DE RESOLVER LOS RECURSOS QUE CONTRA ESTAS RESOLUCIONES SE INTERPONGAN.
POR OTRO LADO, EL ARTICULO 8 DE LA CITADA LEY ESTABLECE QUE LAS RESOLUCIONES DICTADAS POR LA COMISION NACIONAL DEL JUEGO AGOTAN LA VIA ADMINISTRATIVA, POR LO QUE LOS RECURSOS QUE PROCEDAN SE INTERPONDRAN ANTE EL ORGANO QUE LOS DICTO, DE ACUERDO CON LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 126 DE LA LEY DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE 17 DE JULIO DE 1958 Y ARTICULO 52 DE LA LEY DE JURISDICCION CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA, DE 27 DE DICIEMBRE DE 1956, ES DECIR, ANTE EL PRESIDENTE DE LA COMISION NACIONAL DEL JUEGO, O ANTE EL SECRETARIO DE LA MISMA, DE ACUERDO CON LAS FACULTADES ATRIBUIDAS A LOS MISMOS.
EN SU CONSECUENCIA, Y PARA EL REGIMEN DE TRAMITACION DE LOS RECURSOS QUE SE INTERPONGAN CONTRA LAS RESOLUCIONES DICTADAS POR EL PRESIDENTE O EL SECRETARIO DE LA COMISION NACIONAL DEL JUEGO, EN BASE A LAS FACULTADES QUE LES HAN SIDO ATRIBUIDAS, ESTA SUBSECRETARIA RESUELVE:
1. SE TRANSFIEREN AL GABINETE TECNICO DE LA COMISION NACIONAL DEL JUEGO LAS FACULTADES DEL SERVICIO CENTRAL DE RECURSOS DEL MINISTERIO DE TRAMITACION Y PROPUESTA DE RESOLUCION DE LOS RECURSOS QUE SE INTERPONGAN CONTRA RESOLUCIONES DICTADAS POR EL PRESIDENTE Y SECRETARIO DE LA COMISION NACIONAL DEL JUEGO.
2. DICHAS FACULTADES CORRESPONDERAN AL JEFE DEL GABINETE TECNICO DE LA COMISION NACIONAL DEL JUEGO CUANDO SE TRATE DE RESOLUCION DE RECURSOS INTERPUESTOS CONTRA RESOLUCIONES DICTADAS POR EL PRESIDENTE DE LA COMISION NACIONAL DEL JUEGO, DE ACUERDO CON LAS FACULTADES QUE ESTE TIENE ATRIBUIDAS, Y AL CONSEJERO TECNICO DE LA COMISION NACIONAL DEL JUEGO, CUANDO SE TRATE DE RECURSOS DE REPOSICION CONTRA RESOLUCIONES DICTADAS POR EL SECRETARIO DE LA COMISION NACIONAL DEL JUEGO, DENTRO DEL AMBITO DE LAS FACULTADES QUE AQUEL TIENE ATRIBUIDAS EN ESTA MATERIA.
3. CORRESPONDE AL SERVICIO CENTRAL DE RECURSOS DEL MINISTERIO DEL INTERIOR, DE ACUERDO CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 8. DEL REAL DECRETO 420/1980, DE 29 DE FEBRERO, Y ORDEN QUE LO DESARROLLA, DE 23 DE OCTUBRE DE 1980, LA TRAMITACION Y PROPUESTA DE RESOLUCION DE LOS RECURSOS INTERPUESTOS CONTRA LAS RESOLUCIONES DICTADAS POR EL MINISTERIO DEL INTERIOR O GOBERNADORES CIVILES EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LES RECONOCE LA LEY 34/1987, DE 26 DE DICIEMBRE.
MADRID, 9 DE MARZO DE 1988. EL SUBSECRETARIO, JOSE LUIS MARTIN PALACIN.
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