EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, POR PROVIDENCIA DE 7 DE ABRIL ACTUAL, HA ADMITIDO A TRAMITE EL CONFLICTO POSITIVO DE COMPETENCIA NUMERO 472/1988, PLANTEADO POR EL CONSEJO EJECUTIVO DE LA GENERALIDAD DE CATALUÑA FRENTE AL GOBIERNO, EN RELACION CON EL REAL DECRETO 1407/1987, DE 13 DE NOVIEMBRE, Y EN PARTICULAR POR LO QUE SE REFIERE A SUS ARTICULOS 1.1; 4; 5; 8,1, E); PRIMER PARRAFO DEL ARTICULO 9.1; 10; 11; 13.2, A); 16,C) Y D); 17.2.3 Y 4, Y DISPOSICION ADICIONAL PRIMERA, POR EL QUE SE REGULAN LAS ENTIDADES DE INSPECCION Y CONTROL REGLAMENTARIO EN MATERIA DE SEGURIDAD DE LOS PRODUCTOS, EQUIPOS E INSTALACIONES INDUSTRIALES.
LO QUE SE PUBLICA PARA GENERAL CONOCIMIENTO.
MADRID, 7 DE ABRIL DE 1988. EL SECRETARIO DE JUSTICIA. FIRMADO Y RUBRICADO.
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