LA ORDEN DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y HACIENDA DE 26 DE JULIO DE 1989 HABILITA A LA COMISION NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES PARA DICTAR LAS NORMAS CONTABLES Y LOS MODELOS DE BALANCE Y CUENTA DE RESULTADOS A QUE DEBERAN AJUSTARSE LAS SOCIEDADES Y AGENCIAS DE VALORES, ASI COMO LA FRECUENCIA Y EL DETALLE CON QUE LOS CORRESPONDIENTES DATOS DEBERAN SER SUMINISTRADOS A LA COMISION NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES O HACERSE PUBLICOS CON CARACTER GENERAL. MEDIANTE LA PRESENTE CIRCULAR QUE NO ASPIRA A UNA REGULACION EXHAUSTIVA DE ESTAS MATERIAS NI PRETENDE DURAR EN TODOS SUS ASPECTOS MAS DE LO QUE PERMITA EL CONTRASTE CON LA EXPERIENCIA DURANTE LA PRIMERA EPOCA DE FUNCIONAMIENTO DE LAS NUEVAS SOCIEDADES O AGENCIAS DE VALORES SE ABORDAN EN BASE A DICHA HABILITACION CUANTAS CUESTIONES ES PRECISO REGLAMENTAR PARA ASEGURAR UNA CONTABILIDAD HOMOGENEA Y AJUSTADA A LAS PECULIARIDADES DE TALES ENTIDADES Y UN ADECUADO GRADO DE SUPERVISION DE LAS MISMAS.
EN SU VIRTUD, EL CONSEJO DE LA COMISION NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES, EN SU REUNION DEL DIA 26 DE JULIO DE 1989, HA DISPUESTO:
ESTADO A.1
APLICACION DEL BENEFICIO DEL EJERCICIO
(MILLONES DE PESETAS)
21,6.11.0,5.0,5
SALDOS DISPONIBLES:
BENEFICIO NETO DEL EJERCICIO
REMANENTES DEL EJERCICIO ANTERIOR
SUMA
APLICACION:
RESERVAS
FONDOS ESPECIALES
DIVIDENDO
OTROS FINES
REMANTENTE
SUMA
MADRID, 26 DE JULIO DE 1989. EL PRESIDENTE DEL CONSEJO.
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