Advertidos errores en el texto del citado Real Decreto, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 176, de fecha 25 de julio de 1989, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
Página 23576, en el anejo único, en la columna de las «Mercancías», correspondiente a las Subpartidas arancelarias Ex. 7208.31.00.0, Ex. 7208.41.00.0, Ex. 7211.11.00.0 y Ex. 7211.21.00.0, donde dice: «Productos laminados sin enrollar, ... (planos universales)», debe decir «Productos laminados planos sin enrollar, ... (planos universales)».
En la columna de la «Subpartida arancelaria», donde dice: «Ex. 7209.22.91.1», debe decir: «Ex. 7209.22.90.1».
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