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Documento BOE-A-1989-22105

Resolución de 31 de agosto de 1989, de la Secretaría de Estado para la Cooperación Internacional e Iberoamérica, por la que se dispone la delegación de competencias del Secretariado de Estado para la Cooperación Internacional y para Iberoamérica en materia económica y de contratación en el ámbito de la propia Secretaría de Estado.

Publicado en:
«BOE» núm. 218, de 12 de septiembre de 1989, páginas 28848 a 28849 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Referencia:
BOE-A-1989-22105
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1989/08/31/(3)

TEXTO ORIGINAL

EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE ME CONFIERE LA DISPOSICION FINAL PRIMERA DEL DECRETO 1558/1977, DE 4 DE JULIO, Y EN APLICACION DEL ARTICULO 22.3 DE LA LEY DE REGIMEN JURIDICO DE LA ADMINISTRACION DEL ESTADO DE 26 DE JULIO DE 1957, Y PREVIA APROBACION DEL MINISTRO, HE RESUELTO:

APARTADO PRIMERO. DELEGAR EN EL SUBSECRETARIO DE ASUNTOS EXTERIORES, EN EL AMBITO DE LAS ATRIBUCIONES DE ESTA SECRETARIA DE ESTADO, LAS FACULTADES SIGUIENTES:

A) DISPONER LOS GASTOS Y CELEBRAR Y FIRMAR EN NOMBRE DEL ESTADO CONTRATOS DE OBRAS, GESTION DE SERVICIOS, SUMINISTROS O CUALESQUIERA OTROS.

B) INTERESAR DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y HACIENDA LA ORDENACION DE LOS PAGOS CORRESPONDIENTES A LOS GASTOS DE LA SECRETARIA DE ESTADO Y APROBAR LOS EXPEDIENTES DE EJERCICIOS CERRADOS POR LOS DIFERENTES CONCEPTOS PRESUPUESTARIOS.

APARTADO SEGUNDO. SIN PERJUICIO DE LO DISPUESTO EN EL PRECEDENTE APARTADO PRIMERO, SE DELEGAN EN LOS DIRECTORES GENERALES DE RELACIONES ECONOMICAS Y DE RELACIONES CULTURALES Y CIENTIFICAS, EN EL AMBITO DE LAS ATRIBUCIONES DE ESTA SECRETARIA DE ESTADO Y DE LAS RESPECTIVAS DIRECCIONES GENERALES, LAS SIGUIENTES COMPETENCIAS:

A) LA DISPOSICION DE LOS GASTOS QUE NO EXCEDAN DE VEINTICINCO MILLONES DE PESETAS.

B) LA CELEBRACION Y FIRMA DE LOS CONTRATOS QUE NO EXCEDAN DE VEINTICINCO MILLONES DE PESETAS.

APARTADO TERCERO. LA DELEGACION DE COMPETENCIAS A QUE SE REFIERE LA PRESENTE RESOLUCION SE ENTIENDE SIN PERJUICIO DE QUE, EN CUALQUIER MOMENTO, EL SECRETARIO DE ESTADO PARA LA COOPERACION INTERNACIONAL E IBEROAMERICA PUEDA RECABAR PARA SI EL CONOCIMIENTO Y RESOLUCION DE LOS ASUNTOS COMPRENDIDOS EN LA MISMA.

APARTADO CUARTO. EN LOS ACTOS O RESOLUCIONES QUE SE DICTEN EN EJERCICIO DE LAS DELEGACIONES ESTABLECIDAS EN LA PRESENTE RESOLUCION SE HARA CONSTAR EXPRESAMENTE ESTA CIRCUNSTANCIA, CONSIDERANDOSE DICTADOS POR LA AUTORIDAD DELEGANTE.

APARTADO QUINTO. LA PRESENTE RESOLUCION ENTRARA EN VIGOR AL DIA SIGUIENTE DE SU PUBLICACION EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO>.

MADRID, 31 DE AGOSTO DE 1989. EL SECRETARIO DE ESTADO PARA LA COOPERACION INTERNACIONAL E IBEROAMERICA, LUIS YAÑEZ-BARNUEVO GARCIA.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 31/08/1989
  • Fecha de publicación: 12/09/1989
  • Entrada en vigor: 13 de septiembre de 1989.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA lo indicado del apartado segundo, por Resolución de 25 de noviembre de 1994 (Ref. BOE-A-1994-27569).
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • disposición final primera del Decreto 1558/1977, de 4 de julio (Ref. BOE-A-1977-15200).
    • art. 22.3 de la Ley de Régimen Jurídico de la Administración del Estado, de 26 de julio de 1957 (Gazeta) (Ref. BOE-A-1957-10111).
Materias
  • Contratación de la Administración del Estado
  • Delegación de atribuciones
  • Dirección General de Relaciones Culturales y Científicas
  • Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales
  • Ministerio de Asuntos Exteriores
  • Ordenación de gastos y pagos
  • Secretaría de Estado para la Cooperación Internacional y para Iberoamérica
  • Subsecretaría del Ministerio de Asuntos Exteriores

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