El Tribunal Constitucional, por auto de 14 de marzo actual, ha acordado tener por desistido al Parlamento de Cataluña del recurso de inconstitucionalidad registrado con el número 1.234/1988, interpuesto contra los artículos 3.º b) y c); 8.º 4.º; 28.3º; 29.1 y 2; 34.1 y 3; 44.4 y disposición transitoria segunda, apartado primero, letras a) y b) de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de funcionamiento del Tribunal de Cuentas, y al Consejo Ejecutivo de la Generalidad de Cataluña del interpuesto, registrado con el número 1.239/1988, contra los artículos 3.º b) y c); 8.º 4; 28.1 y 4; 34.1 y 2; 44.4, párrafo segundo, y disposición transitoria segunda, letras a) y b), de la citada Ley.
Lo que se publica para general conocimiento.
Madrid, 14 de marzo de 1989.- El Presidente del Tribunal Constitucional, Francisco Tomás y Valiente.- Firmado y rubricado.
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