El Gobierno español declara, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 41 del pacto internacional de Derechos Civiles y Políticos, que reconoce, por un periodo de cinco años, a partir de la fecha del depósito de esta declaración, la competencia del Comité de Derechos Humanos para recibir y examinar las comunicaciones en que un Estado Parte alegue que otro Estado Parte no cumple las obligaciones que le impone este Pacto.
Madrid, 17 de noviembre de 1988.–El Ministro de Asuntos Exteriores, Francisco Fernández Ordóñez.
La presente renovación entró en vigor para España el 21 de diciembre de 1988, fecha de su depósito.
Lo que se hace público para conocimiento general.
Madrid, 10 de marzo de 1989.–El Secretario general técnico, Javier Jiménez-Ugarte Hernández.
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