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Documento BOE-A-1990-16323

Orden de 4 de julio de 1990 por la que se aprueba el «Pliego de prescripciones técnicas generales para la recepción de bloques de hormigón en las obras de construcción (RB-90)».

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 165, de 11 de julio de 1990, páginas 19825 a 19827 (3 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo
Referencia:
BOE-A-1990-16323
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1990/07/04/(1)

TEXTO ORIGINAL

ILUSTRISIMO SEÑOR:

LA COMISION INTERMINISTERIAL PERMANENTE PARA EL ESTUDIO Y REDACCION DE LAS NORMAS DE MATERIALES DE CONSTRUCCION, CREADA POR ACUERDO DE CONSEJO DE MINISTROS DE 11 DE JULIO DE 1980 Y ENCARGADA ENTRE OTRAS FUNCIONES DE ESTUDIAR Y REDACTAR NORMAS TECNICAS DE RECEPCION DE MATERIALES DE CONSTRUCCION, HA VENIDO RECOGIENDO OBSERVACIONES, EXPERIENCIAS Y ESTUDIOS RELACIONADOS CON EL TEMA DE LOS BLOQUES DE HORMIGON, ASI COMO LAS OPINIONES DE FABRICANTES Y USUARIOS.

COMO CONSECUENCIA DE ELLO, SE HA PROCEDIDO A LA ELABORACION DE UN <PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS GENERALES PARA LA RECEPCION DE BLOQUES DE HORMIGON EN LAS OBRAS DE CONSTRUCCION (RB-90)>, QUE REGULA LAS CARACTERISTICAS QUE HAN DE REUNIR LOS BLOQUES DE HORMIGON, PARA LA RECEPCION EN OBRA, LOS METODOS DE ENSAYO PARA LA COMPROBACION DE LAS MISMAS Y EL PROCEDIMIENTO GENERAL DE DICHA RECEPCION.

EN SU VIRTUD, HABIENDOSE CUMPLIDO LOS TRAMITES ESTABLECIDOS EN EL REAL DECRETO 568/1989, DE 12 DE MAYO, POR EL QUE SE REGULA LA REMISION DE LA INFORMACION A LAS COMUNIDADES EUROPEAS EN MATERIA DE NORMAS Y REGLAMENTO TECNICOS, DISPONGO:

PRIMERO. SE APRUEBA EL <PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS GENERALES PARA LA RECEPCION DE BLOQUES DE HORMIGON EN LAS OBRAS DE CONSTRUCCION (RB-90)>, EN LOS TERMINOS ESTABLECIDOS EN EL ANEXO A LA PRESENTE ORDEN.

SEGUNDO.

EL PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS GENERALES A QUE SE REFIERE EL NUMERO ANTERIOR, SERA DE OBLIGATORIA OBSERVANCIA EN TODAS LAS OBRAS DE CONSTRUCCION, EN CUYA FINANCIACION PARTICIPE LA ADMINISTRACION DEL ESTADO O SUS ORGANISMOS AUTONOMOS. NO OBSTANTE, SE PODRAN EMPLEAR BLOQUES DE HORMIGON ESPECIALES, MANTENIENDOSE GARANTIAS DE SEGURIDAD EQUIVALENTES A LAS QUE EXIGE EL PRESENTE PLIEGO, CUANDO ASI SE JUSTIFIQUE EN EL PROYECTO.

TERCERO. LA PRESENTE ORDEN ENTRARA EN VIGOR A LOS SEIS MESES DE SU PUBLICACION EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO>.

LO QUE COMUNICO A V. I. PARA SU CONOCIMIENTO Y EFECTOS.

MADRID, 4 DE JULIO DE 1990.

SAENZ COSCULLUELA

ILMO. SR. SUBSECRETARIO.

ANEXO

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS GENERALES PARA LA RECEPCION DE BLOQUES DE HORMIGON EN LAS OBRAS DE CONSTRUCCION (RB-90)

1. OBJETO

EL PRESENTE PLIEGO TIENE POR OBJETO ESTABLECER LAS PRESCRIPCIONES TECNICAS QUE HAN DE REUNIR LOS BLOQUES DE HORMIGON PARA SU RECEPCION EN LAS OBRAS DE CONSTRUCCION, LOS METODOS DE ENSAYO PARA DETERMINAR SUS CARACTERISTICAS Y EL PROCEDIMIENTO GENERAL DE RECEPCION.

A EFECTOS DE ESTE PLIEGO SE ENTIENDE POR BLOQUE DE HORMIGON EL DEFINIDO EN LA NORMA UNE 41.166/1. <BLOQUES DE HORMIGON. DEFINICIONES, CLASIFICACION Y CARACTERISTICAS GENERALES>.

LOS CRITERIOS ESPECIFICOS DE RECEPCION A APLICAR EN CADA OBRA, SI PROCEDE, DEBERAN ESTABLECERSE EN EL PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS PARTICULARES O EN SU CASO POR LA DIRECCION DE OBRA.

2. CLASIFICACION Y DESIGNACION

2.1 CLASIFICACION. LOS BLOQUES SE CLASIFICAN POR EL TIPO, CATEGORIA Y GRADO A QUE PERTENEZCAN, SEGUN NORMA UNE 41.166/1.

EN FUNCION DE SU USO SE CLASIFICAN SEGUN NORMA UNE 41.166/2 <BLOQUES DE HORMIGON, CLASIFICACION Y ESPECIFICACIONES SEGUN SU UTILIZACION>.

2.2 DESIGNACION. CADA CLASE DE BLOQUE, DEFINIDO POR EL TIPO, CATEGORIA Y GRADO A QUE PERTENECE, EMPLEARA PARA SU IDENTIFICACION LA DESIGNACION CORRESPONDIENTE, SEGUN NORMA UNE 41.166/1.

SI POR APLICACION DE INSTRUCCIONES DE CARACTER GENERAL, DEL PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS PARTICULARES O POR INDICACION DE LA DIRECCION DE OBRA FUESE NECESARIO INCLUIR ALGUNA REFERENCIA SINGULAR, SE AÑADIRA ESTA A LA DESIGNACION CORRESPONDIENTE.

3. PRESCRIPCIONES RELATIVAS A LOS MATERIALES COMPONENTES

LOS MATERIALES EMPLEADOS EN LA FABRICACION DE LOS BLOQUES DE HORMIGON CUMPLIRAN CON LA NORMA UNE 41.166/1 SIN PERJUICIO DE LO ESTABLECIDO EN LA <INSTRUCCION PARA EL PROYECTO Y LA EJECUCION DE OBRAS DE HORMIGON EN MASA O ARMADO>, EL <PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS GENERALES PARA LA RECEPCION DE CEMENTOS> Y LA LEGISLACION SOBRE HOMOLOGACION DE CEMENTOS VIGENTES.

4. PRESCRIPCIONES RELATIVAS A LAS CARACTERISTICAS TECNICAS

LAS CARACTERISTICAS DE ASPECTO, GEOMETRICAS, FISICAS, MECANICAS, TERMICAS, ACUSTICAS, Y DE RESISTENCIA AL FUEGO, DE LOS BLOQUES DE HORMIGON CUMPLIRAN LO ESPECIFICADO EN LAS NORMAS UNE 41.166/1 Y UNE 41.166/2.

5. SUMINISTRO E IDENTIFICACION

5.1 SUMINISTRO. LOS BLOQUES A QUE HACE REFERENCIA ESTE PLIEGO SE SUMINISTRARAN EN OBRA, SIN QUE HAYAN SUFRIDO DAÑOS Y A LA EDAD ADECUADA PARA QUE PUEDAN QUEDAR SATISFECHAS LAS ESPECIFICACIONES ESTABLECIDAS EN EL PEDIDO. EN EL CASO DE SUMINISTRARSE EMPAQUETADOS, EL ENVOLTORIO NO SERA TOTALMENTE HERMETICO, PARA PERMITIR LA TRANSPIRACION DE LAS PIEZAS EN CONTACTO CON LA HUMEDAD AMBIENTE.

5.2 IDENTIFICACION. EN EL ALBARAN Y, EN SU CASO, EN EL EMPAQUETADO DEBERAN FIGURAR COMO MINIMO, LOS SIGUIENTES DATOS:

NOMBRE DEL FABRICANTE Y EVENTUALMENTE SU MARCA, O EL NOMBRE DEL AGENTE QUE COMERCIALICE EL PRODUCTO, AMBOS LEGALMENTE ESTABLECIDOS EN LA COMUNIDAD ECONOMICA EUROPEA.

DESIGNACION DEL BLOQUE SEGUN LO ESTABLECIDO EN EL APARTADO 2.2.

EN EL CASO DE QUE EN UN MISMO VEHICULO SEAN TRANSPORTADOS BLOQUES DE DISTINTAS CARACTERISTICAS, ESTOS DEBERAN SER FACILMENTE IDENTIFICABLES O VENIR SEPARADOS DE FORMA QUE NO PUEDAN SER CONFUNDIDOS.

DEBERA, ADEMAS, FIGURAR CUALQUIER DISTINTIVO DE CALIDAD QUE EL MATERIAL TENGA CONCEDIDO, BAJO LAS CONDICIONES QUE IMPONGA SU CONCESION.

6. RECEPCION

6.1 DEFINICIONES.

6.1.1 PARTIDA. A EFECTOS DE ESTE PLIEGO SE ENTIENDE POR PARTIDA EL CONJUNTO DE BLOQUES DE LA MISMA DESIGNACION Y PROCEDENCIA, RECIBIDOS EN OBRA EN UNA MISMA UNIDAD DE TRANSPORTE.

CUANDO EN LA OBRA SE RECIBAN EN EL MISMO DIA VARIAS UNIDADES DE TRANSPORTE CON BLOQUES DE LA MISMA DESIGNACION Y PROCEDENCIA, PUEDE CONSIDERARSE QUE EL CONJUNTO CONSTITUYE UNA PARTIDA.

6.1.2 LOTE. SE ENTIENDE POR LOTE, EL CONJUNTO DE BLOQUES DE UNA MISMA CLASE QUE COMPONE LA UNIDAD DE CONTROL DEFINIDA EN EL APARTADO 6.2.

6.1.3 MUESTRA. SE ENTIENDE POR MUESTRA EL CONJUNTO DE BLOQUES EXTRAIDOS AL AZAR DE UN LOTE PARA LA REALIZACION DE LOS ENSAYOS.

LAS MUESTRAS, SEGUN SU DESTINO, SE DENOMINARAN, A EFECTOS DE ESTE PLIEGO:

MUESTRA INICIAL, LA FORMADA POR SEIS BLOQUES Y DESTINADA AL CONTROL PREVIO.

MUESTRA DE CONTROL, LA DESTINADA PARA LOS ENSAYOS DE CONTROL.

MUESTRA DE RESERVA, LA EXTRAIDA DEL MISMO LOTE QUE LA MUESTRA DE CONTROL Y DESTINADA A SU CONSERVACION EN OBRA, PARA LA REALIZACION DE LOS EVENTUALES ENSAYOS DE CONTRASTE.

6.2 TOMA Y CONSERVACION DE LA MUESTRA. LA EXTRACCION DE LA MUESTRA SE REALIZARA POR LA DIRECCION DE OBRA O PERSONA EN QUIEN DELEGUE, TENIENDO DERECHO A PRESENCIARLA UN REPRESENTANTE DEL SUMINISTRADOR.

DE CADA PARTIDA SE EXTRAERA, A SU LLEGADA A OBRA, EL NUMERO DE PIEZAS NECESARIAS PARA EFECTUAR LAS COMPROBACIONES ESTABLECIDAS EN EL APARTADO 6.3.1.

LAS DISTINTAS PARTIDAS RECIBIDAS CONSECUTIVAMENTE Y ACEPTADAS PROVISIONALMENTE SE ACUMULARAN PARA FORMAR LOTES O UNIDADES DE CONTROL DE 5.000 PIEZAS O FRACCION, SALVO QUE EL PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS PARTICULARES O LA DIRECCION DE OBRA FIJEN OTRO TAMAÑO DEL LOTE.

POR CADA LOTE SE EXTRAERA UNA MUESTRA DE CONTROL, COMPUESTA AL MENOS POR EL NUMERO DE BLOQUES SEÑALADOS EN LA TABLA 6.2. ESTA MUESTRA SE ENVIARA PARA LA REALIZACION DE LOS ENSAYOS AL LABORATORIO ACEPTADO POR LA DIRECCION DE OBRA.

EN CASO DE ASI ESTABLECERLO LA DIRECCION DE OBRA, SE EXTRAERAN MUESTRAS DE RESERVA.

LAS MUESTRAS SE EMPAQUETARAN DE MODO QUE PUEDAN TRANSPORTARSE Y ALMACENARSE CON FACILIDAD Y CON GARANTIA DE QUE NO PUEDAN SUFRIR ALTERACIONES. CADA MUESTRA LLEVARA UNA ETIQUETA QUE PERMITA SU IDENTIFICACION DEBIENDO FIGURAR EN ELLA, AL MENOS, LOS SIGUIENTES DATOS:

NOMBRE DEL FABRICANTE Y EVENTUALMENTE SU MARCA, O EL NOMBRE DEL AGENTE QUE COMERCIALICE EL PRODUCTO, AMBOS LEGALMENTE ESTABLECIDOS EN LA COMUNIDAD ECONOMICA EUROPEA.

DESIGNACION DEL BLOQUE SEGUN EL PRESENTE PLIEGO.

IDENTIFICACION DE LA PARTIDA, LOTE Y MUESTRA.

IDENTIFICACION DE LA OBRA.

FECHA DE LA TOMA DE LA MUESTRA.

LAS MUESTRAS QUE DEBAN CONSERVARSE EN OBRA SE ALMACENARAN EN LOCAL ADECUADO Y PROTEGIDAS CONTRA GOLPES, LLUVIA Y HUMEDADES.

TABLA 6.2

ENSAYOS / NUMERO MINIMO DE BLOQUES / OBSERVACIONES

DIMENSIONES Y COMPROBACION DE LA FORMA. 6 SE PUEDEN UTILIZAR CUALQUIERA DE LAS PIEZAS PARA LOS OTROS ENSAYOS.

SECCION BRUTA. SECCION NETA E INDICE DE MACIZO. 3 SE PUEDEN UTILIZAR PARA EL ENSAYO DE ABSORCION.

ABSORCION DE AGUA. 3 SOLO EN BLOQUES GRADO I Y LIGEROS DE GRADO II.

SUCCION. 3 SE PUEDEN UTILIZAR PARA EL ENSAYO DE ABSORCION.

RESISTENCIA A COMPRESION. 6 RESISTENCIA TERMICA. AISLAMIENTO ACUSTICO. RESISTENCIA AL FUEGO.

EL EQUIVALENTE A 10 METROS CUADRADOS PARA CADA DETERMINACION. EL ENSAYO SE HACE SOBRE FABRICA DE BLOQUES SIN REVESTIR.

6.3 CONTROL DE RECEPCION. LOS BLOQUES SE SOMETERAN PARA SU RECEPCION A UN PROCESO DE CONTROL DEFINIDO POR DOS ETAPAS, EN LA PRIMERA SE REALIZARA EL CONTROL PREVIO Y EN LA SEGUNDA, EN SU CASO, LOS ENSAYOS DE CONTROL.

6.3.1 CONTROL PREVIO. PARA SU ACEPTACION PROVISIONAL, DEBERA COMPROBARSE QUE TODA PARTIDA CUMPLE CON LO ESPECIFICADO EN CUANTO A:

IDENTIFICACION, DE ACUERDO CON EL APARTADO 5.2.

CARACTERISTICAS DE ASPECTO DE ACUERDO CON EL APARTADO 4.

PESO MEDIO Y/O DENSIDAD APARENTE MEDIA DE LOS BLOQUES DE ACUERDO CON LO ESTABLECIDO EN EL APARTADO 7.2.3.

SI ESTAS COMPROBACIONES SON SATISFACTORIAS, O EL NUMERO DE PIEZAS DEFECTUOSAS ES INFERIOR AL 10 POR 100 DEL TOTAL DE LA PARTIDA, ESTA PODRA ACEPTARSE A TITULO PROVISIONAL, SALVO QUE POR LA DIRECCION DE OBRA O EL PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS PARTICULARES SE HUBIESE FIJADO OTRO CRITERIO DE ACEPTACION O RECHAZO.

6.3.2 ENSAYOS DE CONTROL. SI POR APLICACION DE INSTRUCCIONES DE CARACTER GENERAL DEL PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS PARTICULARES O POR INDICACION DE LA DIRECCION DE OBRA FUESE NECESARIO EFECTUAR ENSAYOS DE CONTROL, ESTOS SE REALIZARAN POR LOS METODOS ESTABLECIDOS EN EL APARTADO 7.

LOS ENSAYOS SE CONSIDERARAN SATISFACTORIOS SI SE CUMPLEN LAS DOS CONDICIONES SIGUIENTES: PRIMERA, EL VALOR MEDIO, O CARACTERISTICO EN EL CASO DE LA RESISTENCIA A COMPRESION, DE LAS DETERMINACIONES EFECTUADAS ES IGUAL O MEJOR QUE EL LIMITE ESTABLECIDO; SEGUNDA, CUALQUIERA DE LOS VALORES INDIVIDUALES OBTENIDOS DIFIERE DEL VALOR MEDIO, O CARACTERISTICO, EN MENOS DEL 20 POR 100.

SI TODOS LOS ENSAYOS SON SATISFACTORIOS, EL LOTE SE ACEPTARA DEFINITIVAMENTE.

6.4 RECEPCION DE PRODUCTOS CON SELLO DE CALIDAD.

CUANDO LOS BLOQUES SUMINISTRADOS ESTEN AMPARADOS POR UN SELLO DE CALIDAD OFICIALMENTE RECONOCIDO POR LA ADMINISTRACION, LA DIRECCION DE OBRA PODRA SIMPLIFICAR EL PROCESO DE CONTROL DE RECEPCION HASTA LLEGAR A REDUCIR EL MISMO A COMPROBAR QUE LOS BLOQUES LLEGUEN EN BUEN ESTADO, Y EL MATERIAL ESTE IDENTIFICADO CON EL ESTABLECIDO EN EL APARTADO 5.2, CORRESPONDIENDOSE CON LOS DATOS REFLEJADOS EN DICHA IDENTIFICACION.

6.5 RECEPCION DE PRODUCTOS PROCEDENTES DE PAISES MIEMBROS DE LA CEE. PARA LOS PRODUCTOS PROCEDENTES DE LOS ESTADOS MIEMBROS DE LA CEE, FABRICADOS CON ESPECIFICACIONES TECNICAS NACIONALES QUE GARANTICEN OBJETIVOS DE SEGURIDAD EQUIVALENTES A LOS PROPORCIONADOS POR ESTE PLIEGO Y QUE VENGAN AVALADOS POR CERTIFICADOS DE CONTROLES O ENSAYOS REALIZADOS POR LABORATORIOS OFICIALMENTE RECONOCIDOS EN LOS ESTADOS MIEMBROS DE ORIGEN, LA DIRECCION DE OBRA PODRA SIMPLIFICAR LA RECEPCION HASTA LLEGAR A REDUCIR LA MISMA A LO SEÑALADO EN EL APARTADO 6.4 PARA LOS BLOQUES AMPARADOS POR SELLOS DE CALIDAD.

7. METODOS DE ENSAYO

LOS METODOS DE ENSAYO PARA VERIFICAR LAS CARACTERISTICAS DE LOS BLOQUES DE HORMIGON A QUE HACE REFERENCIA ESTE PLIEGO, SERAN LOS SIGUIENTES:

7.1 CARACTERISTICAS GEOMETRICAS. LAS CARACTERISTICAS GEOMETRICAS SE DETERMINARAN SEGUN LO ESPECIFICADO EN LA NORMA UNE 41.167, <BLOQUES DE HORMIGON. MEDICION DE LAS DIMENSIONES Y COMPROBACION DE LA FORMA>, Y SEGUN LA NORMA UNE 41.168, <BLOQUES DE HORMIGON. SECCION BRUTA, SECCION NETA E INDICE DE MACIZO>.

7.2 CARACTERISTICAS FISICAS.

7.2.1 LA DETERMINACION DE LA ABSORCION DE AGUA SE REALIZARA SEGUN LO ESPECIFICADO EN LA NORMA UNE 41.170, <BLOQUES DE HORMIGON. ABSORCION DE AGUA>.

7.2.2 EL ENSAYO DE SUCCION SE REALIZARA SEGUN LO ESPECIFICADO EN LA NORMA UNE 41.171, <BLOQUES DE HORMIGON. ENSAYO DE SUCCION>.

7.2.3 PESO MEDIO Y DENSIDAD MEDIA. PARA OBTENER EL PESO MEDIO SE TOMARA UNA MUESTRA DE SEIS BLOQUES, PESANDO CADA UNO DE ELLOS, EN BASCULA DE 50 KILOGRAMOS Y CON PRECISION DE 50 GRAMOS, ANOTANDO LOS RESULTADOS OBTENIDOS, EXPRESADOS EN KILOGRAMOS.

LA SUMA DE LOS VALORES OBTENIDOS DIVIDIDOS POR EL NUMERO DE BLOQUES QUE HAN SIDO PESADOS, CONSTITUYE EL PESO MEDIO.

LA DENSIDAD APARENTE DE UN BLOQUE ES EL RESULTADO DE DIVIDIR SU PESO EN KILOGRAMOS POR EL PRODUCTO DE SUS DIMENSIONES EXTERIORES, EXPRESADAS EN METROS Y MEDIDAS SEGUN NORMA UNE 41.167.

LA DENSIDAD APARENTE MEDIA DE LOS BLOQUES DE LA MUESTRA, SE OBTIENE SUMANDO LA DENSIDAD APARENTE DE CADA BLOQUE Y DIVIDIENDO POR EL NUMERO DE BLOQUES.

7.3 CARACTERISTICAS MECANICAS. LA DETERMINACION DE LA RESISTENCIA A COMPRESION DE LOS BLOQUES DE HORMIGON SE REALIZARA SEGUN LO ESTABLECIDO EN LA NORMA UNE 41.172, <BLOQUES DE HORMIGON. DETERMINACION DE LA RESISTENCIA A COMPRESION>.

7.4 OTRAS CARACTERISTICAS.

7.4.1 RESISTENCIA TERMICA. LA DETERMINACION DE LA RESISTENCIA TERMICA SE REALIZARA SEGUN EL METODO DE ENSAYO ESPECIFICADO EN LA NORMA UNE 92.204 <AISLAMIENTO TERMICO. DETERMINACION DE LAS PROPIEDADES DE TRANSMISION TERMICA EN REGIMEN ESTACIONARIO. METODO DE LA CAJA CALIENTE GUARDADA Y CALIBRADA>.

7.4.2 AISLAMIENTO ACUSTICO. LA DETERMINACION DEL VALOR DEL AISLAMIENTO ACUSTICO, SE REALIZARA SEGUN EL METODO DE ENSAYO ESPECIFICADO EN LA NORMA UNE 74.040/3, <MEDIDA DEL AISLAMIENTO ACUSTICO DE LOS EDIFICIOS Y DE LOS ELEMENTOS CONSTRUCTIVOS. MEDIDA EN LABORATORIO DEL AISLAMIENTO AL RUIDO AEREO DE LOS ELEMENTOS CONSTRUCTIVOS>.

7.4.3 RESISTENCIA AL FUEGO. LA DETERMINACION DE LA RESISTENCIA AL FUEGO SE REALIZARA SEGUN EL METODO DE ENSAYO ESPECIFICADO EN LA NORMA UNE 23.093, <ENSAYO DE LA RESISTENCIA AL FUEGO DE LAS ESTRUCTURAS Y ELEMENTOS DE LA CONSTRUCCION>.

APENDICE

RELACION DE NORMAS UNE, CITADAS EN EL <PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS GENERALES PARA LA RECEPCION DE BLOQUES DE HORMIGON>:

UNE 41.166/1-89, <BLOQUES DE HORMIGON. DEFINICIONES, CLASIFICACION Y CARACTERISTICAS GENERALES>.

UNE 41.166/2-89, <BLOQUES DE HORMIGON. CLASIFICACION Y ESPECIFICACIONES SEGUN SU UTILIZACION>.

UNE 41.167-89, <BLOQUES DE HORMIGON. MEDICION DE LAS DIMENSIONES Y COMPROBACION DE LA FORMA>.

UNE 41.168-89, <BLOQUES DE HORMIGON. SECCION BRUTA, SECCION NETA E INDICE DE MACIZO>.

UNE 41.170-89, <BLOQUES DE HORMIGON. ABSORCION DE AGUA>.

UNE 41.171-89, <BLOQUES DE HORMIGON.

ENSAYO DE SUCCION>.

UNE 41.172-89, <BLOQUES DE HORMIGON. DETERMINACION DE LA RESISTENCIA A COMPRESION>.

UNE 92.204-90, <AISLAMIENTO TERMICO.

DETERMINACION DE LAS PROPIEDADES DE TRANSMISION TERMICA EN REGIMEN ESTACIONARIO. METODO DE LA CAJA CALIENTE GUARDADA Y CALIBRADA>.

UNE 74.040/3-84, <MEDICION DEL AISLAMIENTO ACUSTICO DE LOS EDIFICIOS Y DE LOS ELEMENTOS CONSTRUCTIVOS. MEDIDA EN LABORATORIO DEL AISLAMIENTO AL RUIDO AEREO DE LOS ELEMENTOS CONSTRUCTIVOS>.

UNE 23.093-81, <ENSAYO DE LA RESISTENCIA AL FUEGO DE LAS ESTRUCTURAS Y ELEMENTOS DE LA CONSTRUCCION>.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 04/07/1990
  • Fecha de publicación: 11/07/1990
  • Fecha de entrada en vigor: 12/01/1991
  • Fecha de derogación: 24/10/2007
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA, por Real Decreto 1371/2007, de 19 de octubre (Ref. BOE-A-2007-18400).
Referencias anteriores
Materias
  • Construcciones
  • Hormigón
  • Normalización
  • Obras

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