Advertidos errores en el texto de la referida Resolución, inserta en el «Boletín Oficial del Estado» número 11, de fecha 12 de enero de 1990, a continuación se formulan las oportunas rectificaciones:
Página 1044.-Grupo 2 Inmovilizado. 20 Inmovilizado material.
En el apartado b.4), donde dice: «cuenta 197», debe decir: «cuenta 107».
En la cuenta 205, que debe denominarse correctamente «Mobiliario y enseres», donde dice: «con expresión de», debe decir: «con excepción de».
Página 1047.-Capítulo II. Principios generales.
En la regla 2.ª, apartado b, donde dice: «Inmovilizado material», debe decir: «Inmovilizado inmaterial».
En la regla 5.ª, en la tercera línea, donde dice: «se tradujo», debe decir: «se produjo».
En la regla 6.ª en la quinta línea, donde dice: «e inmateriales». debe decir: «y materiales».
Página 1051.-Grupo 2 Inmovilizado. 20 Inmovilizado material.
La definición de la cuenta 205. Mobiliario y enseres, debe quedar como sigue: «205. Mobiliario y enseres. Mobiliario y equipos de oficina, con excepción de los que deban figurar en la cuenta 206».
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid